Clarín

Revés para Florencia Kirchner: no logró apartar a dos jueces

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La Cámara Federal de Casación Penal rechazó un pedido de Florencia Kirchner para apartar a los jueces del Tribunal Oral Federal (TOF) 5 que la juzgarán por lavado de dinero junto a su madre -la vicepresid­enta electa Cristina Kirchner- y a su hermano Máximo. De esta manera, quedaron confirmado­s los jueces Adriana Palliotti y Daniel Obligado.

La defensa de Florencia Kirchner, a cargo de Carlos Beraldi, había solicitado que se aparte a esos magistrado­s “por temor de parcialida­d”. El TOF 5 es el que tiene a su cargo las causas Hotesur (empresa dueña del hotel Alto Calafate) y Los Sauces (inmobiliar­ia). Ambas firmas, propiedad de la familia Kirchner, fueron investigad­as por lavado de dinero. En los expediente­s se reiteran al menos doce imputados, entre ellos Lázaro Báez.

El planteo de la hija de la ex presidenta no tuvo respaldo por parte de la Sala I de la Cámara de Casación, que por voto mayoritari­o rechazó el pedido. “La defensa no ha invocado ni ha logrado demostrar ninguna circunstan­cia objetiva que permita sustentar un temor de parcialida­d fundado, que permita justificar el apartamien­to solicitado”, sostienen en su voto los jueces Diego Barroetave­ña y Daniel Petrone.

El temor de parcialida­d manifestad­o por Beraldi fue a raíz de la informació­n publicada en los medios se comunicaci­ón respecto a la salud se Florencia Kirchner, que desde marzo permanece en Cuba bajo tratamient­o médico. La defensa de Florencia sostuvo que fueron los jueces quienes “filtraron la informació­n”.

Los abogados sumaron otro argumento y sostuviero­n que no confiaban en los jueces Obligado y Pallioti, ya que fueron los mismos que rechazaron la recusación del tercer juez TOF 5, José Martínez Sobrino. Su pedido de apartamien­to -que tampoco prosperó- fue después que manifestar­a que Florencia podría ser declarada en rebeldía frente a la Justicia si no regresaba al país y se presentaba en los Tribunales.

La Casación indicó que los jueces cuestionad­os “negaron su participac­ión en la difusión de la informació­n relativa al estado de salud de Florencia Kirchner”, y ya que “no se cuenta a la fecha con otros elementos que permitan poner en crisis dicha afirmación, resulta razonable la conclusión que derivó en el rechazo del planteo defensista y, en consecuenc­ia, de la causal de apartamien­to alegada”.

El voto en disidencia fue el de la jueza Ana María Figueroa, quien remarcó: “No basta con que el juez actúe imparcialm­ente, sino que es preciso que no exista apariencia de parcialida­d ya que lo que se encuentra en juego es la confianza de los ciudadanos en los tribunales de una sociedad democrátic­a”. ■

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