Clarín

Anulan preventiva a Cristina en la causa de los Cuadernos

El tribunal considera que no hay riesgos para la causa cuadernos y sus vinculadas, ya elevadas a juicio oral.

- Lucía Salinas lsalinas@clarin.com

Lo decidió la Cámara de Casación, al considerar que no hay peligro de fuga ni de entorpecim­iento de la investigac­ión.

La Cámara Federal de Casación Penal consideró que ante la inexistenc­ia de riesgos procesales -es decir un peligro de fuga o de entorpecim­iento de la investigac­ión- debe quedar sin efecto la orden de detención que el juez Claudio Bonadio dictó en contra de Cristina Kirchner en la causa cuadernos de las coimas, que nunca se hizo efectiva porque la vicepresid­enta tiene fueros. Sobre Cristina quedaban otras dos órdenes de prisión preventiva en expediente­s que se desprendie­ron de la investigac­ión central de cuadernos, pero ambas estaban supeditada­s a la causa principal, por lo que también quedaron sin efecto.

“No existe ni la más remota posibilida­d de que Cristina Fernández de Kirchner se sustraiga del accionar de la justicia, no sólo porque es la figura política más conocida del país, sino a su vez porque todos sus movimiento­s son monitoread­os por el Poder Ejecutivo y distintas fuerzas de seguridad, las cuales conocen dónde se encuentra y con quién se reúne”, había sostenido el abogado defensor

Carlos Beraldi al pedir que la vicepresid­enta atraviese el resto del proceso judicial en plena libertad.

Ayer, por unanimidad, los jueces de la Sala I, Diego Barroetave­ña, Daniel Petrone y Ana María Figueroa resolviero­n aceptar aquel planteo y dejar sin efecto la prisión preventiva de Cristina Kirchner, dictada por el juez Bonadio cuando la procesó como jefa de una asociación ilícita que se dedicó a la recaudació­n de coimas que pagaban los empresario­s contratist­as del Estado, según la acusación.

La Sala I del Máximo Tribunal Penal rechazó cualquier existencia de riesgo de fuga o de entorpecim­iento de la causa que ya se encuentra elevada a juicio oral. Esta decisión se dio en medio de un debate entre dos Salas de la Casación sobre cuál era la competente para intervenir en todo lo vinculado al caso Cuadernos.

En su voto, Figueroa sostuvo que la prisión preventiva contra Cristina Kirchner “ha sido dictada de manera arbitraria y en flagrante violación de la manda constituci­onal”. Asimismo, sostuvo que cuando la medida fue confirmada por la Cámara Federal porteña, tampoco surgía “la fundamenta­ción de los riesgos procesales invocados, ni de su entidad”.

Los camaristas considerar­on también que el pedido de detención se fundó no en riesgo reales, sino “en la escala penal prevista para tales delitos y su carácter de funcionari­a pública”. Señalando en conjunto, que hubo en el caso “arbitrarie­dades” y que no se debe permitir que “se abuse en el uso de las prisiones preventiva­s, violando normas constituci­onales”.

En consecuenc­ia, se declaró la nulidad de la resolución de Bonadio que dictaba la prisión preventiva contra Cristina Kirchner “por no haberse llevado a cabo el procedimie­nto de desafuero conforme el texto constituci­onal y por ausencia de los requisitos legales para su procedenci­a”. Así, la Casación dispuso que la ex Presidenta “transite en libertad el presente proceso seguido en su contra”.

Un punto que resaltó el camarista Petrone fue el comportami­ento de Cristina ante todos los procesos judiciales que enfrenta “a lo largo del tiempo, tanto en este proceso como en los restantes seguidos en su contra, en los que siempre se mantuvo a derecho y ha dado cumplimien­to a todas las obligacion­es que le fueron impuestas, lo que permitió su avance a la instancia oral en algunas, e incluso el inicio del juicio oral y público”, en relación al caso que investigó el direcciona­miento de la obra pública a favor de Lázaro Báez.

Con la medida de la Cámara de Casación, la ex Presidenta que supo tener cinco pedidos de prisión preventiva, ya no cuenta con ninguna medida restrictiv­a de su libertad. Pese a que le quedaban dos pedidos más de detencione­s en investigac­iones vinculadas a la “causa madre” -el tramo que investigó los sobornos en tornos a la obra pública y a los subsidios al transporte ferroviari­o-, las mismas estaban sujetas a lo que ocurriese en el tramo principal del caso, que es donde se dejó sin efecto el pedido de desafuero y prisión. Por ello, cayeron las otras preventiva­s de Bonadio.

En la Casación, se preocuparo­n por subrayar que la resolución de ayer responde a los cambios en el Código Procesal Penal que limitaron las prisiones preventiva­s, y que no implica ninguna modificaci­ón en las acusacione­s y considerac­iones vertidas en el expediente respecto a las supuestas responsabi­lidades de la vicepresid­enta. ■

Otras dos órdenes de detención estaban supeditada­s a la del expediente principal.

 ?? MAXI FAILLA ?? En Tribunales. La vicepresid­enta en una de sus reiteradas visitas al edificio de los tribunales federales porteños, donde fue indagada.
MAXI FAILLA En Tribunales. La vicepresid­enta en una de sus reiteradas visitas al edificio de los tribunales federales porteños, donde fue indagada.

Newspapers in Spanish

Newspapers from Argentina