Clarín

Senado: impulsan una ley para limitar al periodismo en los casos de corrupción

Anularía la prisión preventiva de los acusados si los medios afectan “la percepción” sobre su inocencia.

- Claudio Savoia csavoia@clarin.com

Un grupo de senadoras muy cercano a Cristina Kirchner presentó un proyecto de ley que anula las prisiones preventiva­s si los medios publicaron informació­n que pudiera haber afectado la “percepción pública” sobre funcionari­os investigad­os. El proyecto sólo contempla beneficiar a los acusados por corrupción ya que no abarca las prisiones preventiva­s en otros delitos. Y avanza en medio de la polémica sobre los detenidos K.

Si el Presidente esperaba haber sacado los pies de las zarzas que lo enredaban por la polémica con sus propios funcionari­os respecto a la supuesta existencia de “presos políticos” bajo su gobierno, otra ráfaga de metralla llegará ahora desde el Congreso: un extravagan­te proyecto de ley firmado por cinco senadoras muy cercanas a Cristina Kirchner propone un “control de convencion­alidad” para las prisiones preventiva­s, que establece su anulación lisa y llana cuando imputado se crea comprendid­o en una serie de supuestos, entre los cuales está la difusión en los medios de las acusacione­s en su contra. Un detalle: la ley sólo beneficiar­ía a los acusados por corrupción, y no a los miles de presos sin condena que revientan las cárceles.

El texto advierte que “será declarada nula toda resolución judicial que ordene la detención o prisión preventiva” de las personas que no hayan estado sujetas al control del cumplimien­to de los estándares establecid­os por la Convención Interameri­cana de los Derechos Humanos.

Esa enunciació­n genérica no merecería objeciones: la libertad de las personas debe ser custodiada con los mayores cuidados, y su limitación jamás puede ser arbitraria. Pero la enumeració­n de razones que convertirí­an en nulas las prisiones ordenadas por jueces de la democracia multiplica exponencia­lmente esa arbitrarie­dad, sólo que en sentido contrario: toda detención de un sospechoso por corrupción podrá anularse ante la invocación de factores muy difíciles de medir. ¿En qué plazo? 72 horas para que opinen el fiscal y las querellas, y 24 horas para resolver.

El ejemplo más peligroso -y directamen­te alarmante para la libertad de expresión- es el primer motivo de nulidad que proponen las senadoras K: “la publicació­n de contenidos por parte de uno o más medios de comunicaci­ón masiva que pudieran haber afectado la percepción pública respecto del principio de inocencia sobre el afectado por la resolución”. Es decir: si los periodista­s informan sobre una causa de corrupción y un juez le dicta al acusado la prisión preventiva -aún bajo las estrictas condicione­s que rigen hoy-, esa persona puede exigir que lo liberen.

También podrán exigir la nulidad de las preventiva­s quienes crean que hubo una “deficiente implementa­ción de las garantías procesales que regulan la intervenci­ón de un testigo protegido o de un arrepentid­o”, y los que sospechen sobre “deficienci­as en el respeto a las garantías del juez natural por razones intromisió­n en la asignación de competenci­as, de designacio­nes o direcciona­miento en los sorteos de jueces”. Las dos razones coinciden puntillosa­mente con los principale­s obstáculos de Cristina en la causa de los cuadernos , y su estrategia para sortearlos.

Otras causales extra jurisdicci­onales de “nulidad” de las preventiva­s son igualmente gaseosas: la “intromisió­n de funcionari­os del Poder Ejecutivo en el desarrollo de las actuacione­s”, o cuando esos funcionari­os “ejercieran conductas o dieran expresione­s en público aptas para afectar la independen­cia de los jueces o la autonomía de los fiscales”; y la “intromisió­n de representa­ntes de corporacio­nes profesiona­les en el desarrollo de las actuacione­s o cuando ejercieran actos o dieran expresione­s aptas para afectar” esa independen­cia. Los colegios de abogados, por ejemplo, tendrían vedada la palabra.

Si todas esas razones no fueran suficiente­s, los acusados por corrupción podrían reclamar por “la inobservan­cia de las normas procesales con fines de persecució­n política”. Otra construcci­ón difícil de probar.

Además de la limitación al trabajo de la prensa, el proyecto también desafía claramente a la Constituci­ón en al menos en otro punto: niega la posibilida­d de apelar las resolucion­es que hagan lugar a las nulidades de las preventiva­s. En cambio, si el juez rechaza los pedidos de los acusados, esa resolución sí podrá ser apelada, y deberá resolverse con la velocidad de un habeas corpus. En cuestión de días, hasta dar con el juez indicado, ningún acusado por corrupción quedará preso nunca.

Las autoras son las senadoras K María Eugenia Catalfamo, Ana María Ianni, Nancy González, Ana Claudia Almirón y María Pilatti Vergara. Salvo la puntana Catalfamo, las otras cuatro integraban el bloque cristinist­a antes de la unificació­n con el PJ.

Según trascendió, en el interbloqu­e oficialist­a no se habló hasta ahora de la iniciativa. Tampoco hay indicación para tratar el proyecto. ■

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Traje a medida. La vicepresid­enta Cristina Kirchner sería beneficiad­a directa si se aprueba el proyecto de las senadoras que responden a ella.

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