Todas las normas de alivio para la economía en la cuarentena
Desde que comenzó la restricción a la circulación, se tomaron medidas para cuidar la cadena de pagos.
A partir del 20 de marzo, para los argentinos la economía rige de otra manera. Como consecuencia de la emergencia sanitaria del coronavirus, comenzaron a cambiar las relaciones laborales, la operatoria bancaria y comercial, también los impuestos.
A continuación, un resumen cronológico de las medidas que fue tomando el Gobierno a medida que iba avanzando el coronavirus en el mundo y en el país:
Licencias especiales
El Ministerio de Trabajo dispuso de una licencia especial para los empleados privados y públicos, mayores de 60 años de edad, embarazadas, trabajadores con afecciones de salud y quienes tengan que cuidar a sus hijos por la suspensión de las clases.
Enestos casos se percibe el sueldo. Feria Fiscal
La AFIP estableció que desde el 18 al 31 de marzo se suspenden los plazos procedimentales que rigen en el ámbito de los impuestos nacionales. También la AGIP y ARBA suspenden los plazos de procedimientos en el ámbito de la Ciudad Autónoma y de la Provincia de Buenos Aires. Hasta ahora no hubo prórroga de los vencimientos de los impuestos. El 31 de marzo vence el plazo para repatriar el 5% de los bienes del exterior, cuestión que por las limitaciones bancarias debería ser postergado. La moratoria vence el 30 de abril y las deudas que se pueden incluir son las vencidas al 30 de noviembre, fecha que hoy quedó muy lejos. Deberían extenderse por decreto los dos vencimientos. Planes de pago
AFIP prorrogó al 30 de junio de este año los mayores beneficios que tienen que ver con la cantidad de planes que se admiten, la cantidad de cuotas y de la tasa de interés de financiación, para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (tramo I). Embargos
La AFIP extendió hasta el 30 de abril la suspensión de los embargos y las demás medidas cautelares para las micro y pynes.
Jubilados
ANSES dispuso suspender el trámite de supervivencia que tienen que hacer los jubilados para los cobros de los meses de marzo y abril. Teletrabajo
Las empresas tendrán que informar a las ART el listado de los empleados que realizan tareas bajo la modalidad a distancia. Los datos que hay que brindar son los siguientes: nómina de trabajadores afectados (apellido, nombre y CUIL), domicilio donde desempeña la tarea y frecuencia de la misma (cantidad de días y horas por semana).
Feria judicial
La Corte Suprema dispuso la feria judicial hasta el 31 de marzo. Jornada laboral
El Ministerio de Trabajo dispuso que los trabajadores que desarrollen sus tareas bajo la modalidad de teletrabajo cobrarán el sueldo habitual. En cambio los que, por la modalidad laboral no puedan hacerlo, mantendrán sus remuneraciones pero empleados y empresas únicamente tendrán que abonar los aportes y las contribuciones de obra social y los del instituto de jubilados y pensionados. Por otro lado, las horas extras y las contrataciones temporarias que se requieran para las tareas definidas por el Poder Ejecutivo como esenciales tendrán una reducción del 95% de las contribuciones patronales. Certificado de tránsito
Las empresas que realicen tareas definidas como esenciales tendrán que emitir un certificado para los empleados que tengan que transitar para llegar a sus lugares de trabajo. Sector salud
Se reducen en un 95% las contribuciones patronales de las firmas de este sector que se destinan al SIPA y la tasa del Impuesto sobre los débitos y créditos se reduce para ellas al 0,25%, por el plazo de 90 días.
Trámites digitales
No se podrán hacer trámites presenciales hasta el 31 de marzo. Ganancias empleados
La AFIP dispuso postergar hasta el 30 de abril la presentación de la información de las deducciones en el sistema SIRADIG, que hacen los empleados para el cierre del ejercicio 2019. Por otro lado, las empresas podrán presentar la declaración anual 2019 de las retenciones de sus empleados hasta el 29 de mayo de este año, reteniendo o reintegrando los saldos de impuestos hasta el 10 de junio de 2020.
Clearing bancario
El Banco Central emitió una comunicación (A 6942) que reglamentó cómo se desarrollará la actividad bancaria hasta el 31 de marzo. Luego la Comunicación “A” 6944, adelantó al 26 de marzo el funcionamiento del clearing bancario de los cheques, medida que originalmente estaba prevista para que comience el 1 de abril. Por otro lado, el Poder Ejecutivo emitió un decreto por el que se suspende hasta el 30 de abril el cierre de cuentas bancarias y la aplicación de sanciones derivadas de incumplimientos.
Bono de $ 10.000
Se fijó un ingreso de emergencia para los Monotributistas de las dos primeras categorías y los que trabajan en el sector informal, incluido el personal de casas particulares tanto registrado como no registrado. Servicios
A través de un decreto, se prohibió suspender el corte de suministro de todos los servicios (incluido Internet) por incumplimientos en el pago de las facturas. La medida rige por 180 días contados a partir del 25 de marzo de 2020.
Uso de cajeros
Se determinó que los bancos no podrán cobrar por exceso de operaciones en el uso de cajeros automáticos, ni diferenciar por ser o no cliente. Seguro de desempleo
El Ministerio de Trabajo prorrogó hasta el 31 de mayo el pago de las prestaciones por desempleo que vencían entre el 1 de febrero y 1 de abril. ■