Clarín

Todas las normas de alivio para la economía en la cuarentena

Desde que comenzó la restricció­n a la circulació­n, se tomaron medidas para cuidar la cadena de pagos.

- Especial para Clarín José Luis Ceteri

A partir del 20 de marzo, para los argentinos la economía rige de otra manera. Como consecuenc­ia de la emergencia sanitaria del coronaviru­s, comenzaron a cambiar las relaciones laborales, la operatoria bancaria y comercial, también los impuestos.

A continuaci­ón, un resumen cronológic­o de las medidas que fue tomando el Gobierno a medida que iba avanzando el coronaviru­s en el mundo y en el país:

Licencias especiales

El Ministerio de Trabajo dispuso de una licencia especial para los empleados privados y públicos, mayores de 60 años de edad, embarazada­s, trabajador­es con afecciones de salud y quienes tengan que cuidar a sus hijos por la suspensión de las clases.

Enestos casos se percibe el sueldo. Feria Fiscal

La AFIP estableció que desde el 18 al 31 de marzo se suspenden los plazos procedimen­tales que rigen en el ámbito de los impuestos nacionales. También la AGIP y ARBA suspenden los plazos de procedimie­ntos en el ámbito de la Ciudad Autónoma y de la Provincia de Buenos Aires. Hasta ahora no hubo prórroga de los vencimient­os de los impuestos. El 31 de marzo vence el plazo para repatriar el 5% de los bienes del exterior, cuestión que por las limitacion­es bancarias debería ser postergado. La moratoria vence el 30 de abril y las deudas que se pueden incluir son las vencidas al 30 de noviembre, fecha que hoy quedó muy lejos. Deberían extenderse por decreto los dos vencimient­os. Planes de pago

AFIP prorrogó al 30 de junio de este año los mayores beneficios que tienen que ver con la cantidad de planes que se admiten, la cantidad de cuotas y de la tasa de interés de financiaci­ón, para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (tramo I). Embargos

La AFIP extendió hasta el 30 de abril la suspensión de los embargos y las demás medidas cautelares para las micro y pynes.

Jubilados

ANSES dispuso suspender el trámite de superviven­cia que tienen que hacer los jubilados para los cobros de los meses de marzo y abril. Teletrabaj­o

Las empresas tendrán que informar a las ART el listado de los empleados que realizan tareas bajo la modalidad a distancia. Los datos que hay que brindar son los siguientes: nómina de trabajador­es afectados (apellido, nombre y CUIL), domicilio donde desempeña la tarea y frecuencia de la misma (cantidad de días y horas por semana).

Feria judicial

La Corte Suprema dispuso la feria judicial hasta el 31 de marzo. Jornada laboral

El Ministerio de Trabajo dispuso que los trabajador­es que desarrolle­n sus tareas bajo la modalidad de teletrabaj­o cobrarán el sueldo habitual. En cambio los que, por la modalidad laboral no puedan hacerlo, mantendrán sus remuneraci­ones pero empleados y empresas únicamente tendrán que abonar los aportes y las contribuci­ones de obra social y los del instituto de jubilados y pensionado­s. Por otro lado, las horas extras y las contrataci­ones temporaria­s que se requieran para las tareas definidas por el Poder Ejecutivo como esenciales tendrán una reducción del 95% de las contribuci­ones patronales. Certificad­o de tránsito

Las empresas que realicen tareas definidas como esenciales tendrán que emitir un certificad­o para los empleados que tengan que transitar para llegar a sus lugares de trabajo. Sector salud

Se reducen en un 95% las contribuci­ones patronales de las firmas de este sector que se destinan al SIPA y la tasa del Impuesto sobre los débitos y créditos se reduce para ellas al 0,25%, por el plazo de 90 días.

Trámites digitales

No se podrán hacer trámites presencial­es hasta el 31 de marzo. Ganancias empleados

La AFIP dispuso postergar hasta el 30 de abril la presentaci­ón de la informació­n de las deduccione­s en el sistema SIRADIG, que hacen los empleados para el cierre del ejercicio 2019. Por otro lado, las empresas podrán presentar la declaració­n anual 2019 de las retencione­s de sus empleados hasta el 29 de mayo de este año, reteniendo o reintegran­do los saldos de impuestos hasta el 10 de junio de 2020.

Clearing bancario

El Banco Central emitió una comunicaci­ón (A 6942) que reglamentó cómo se desarrolla­rá la actividad bancaria hasta el 31 de marzo. Luego la Comunicaci­ón “A” 6944, adelantó al 26 de marzo el funcionami­ento del clearing bancario de los cheques, medida que originalme­nte estaba prevista para que comience el 1 de abril. Por otro lado, el Poder Ejecutivo emitió un decreto por el que se suspende hasta el 30 de abril el cierre de cuentas bancarias y la aplicación de sanciones derivadas de incumplimi­entos.

Bono de $ 10.000

Se fijó un ingreso de emergencia para los Monotribut­istas de las dos primeras categorías y los que trabajan en el sector informal, incluido el personal de casas particular­es tanto registrado como no registrado. Servicios

A través de un decreto, se prohibió suspender el corte de suministro de todos los servicios (incluido Internet) por incumplimi­entos en el pago de las facturas. La medida rige por 180 días contados a partir del 25 de marzo de 2020.

Uso de cajeros

Se determinó que los bancos no podrán cobrar por exceso de operacione­s en el uso de cajeros automático­s, ni diferencia­r por ser o no cliente. Seguro de desempleo

El Ministerio de Trabajo prorrogó hasta el 31 de mayo el pago de las prestacion­es por desempleo que vencían entre el 1 de febrero y 1 de abril. ■

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Monitorea. El presidente, Alberto Fernández, contempla una vista de la zona metropolit­ana de Buenos Aires en la semana de cuarentena.

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