Médicos, en alerta porque para las ART el contagio no es enfermedad laboral
Afuera. Tampoco cubre de la infección al resto del personal que trabaja en la emergencia, como policías y pilotos.
Cuando se sancionó la ley de Riesgos de Trabajo, algo similar a la pandemia de coronavirus solo existía en las fantasías de las películas más apocalípticas. Pero la realidad llegó y el Covid-19 no figura en la legislación como enfermedad laboral.
Así, médicos, enfermeros, camilleros, ambulancieros, personal de las Fuerzas de Seguridad, tripulaciones aéreas y hasta los empleados de los super que se contagien por trabajar en la emergencia técnicamente no están cubiertos por las ART, dicen en las aseguradoras..
Hay enorme preocupación entre los trabajadores obligados a cumplir tareas en la pandemia. Más del 10% de los infectados en España e Italia es personal de la salud que enfrenta la pandemia.
“Por lo que sabemos las ART no se van a hacer cargo y no hay resolución oficial en contrario de la Superintendencia de Riesgos de Trabajo”, apuntó Jorge Yabkowski, secretario general de la Federación Sindical de Profesionales de la Salud (FESPROSA). “Está bárbaro que te aplaudan a las 9 de la noche, pero también hace falta que se declare enfermedad laboral al coronavirus”, agregó Yabkoswski.
"Hay que asegurar a los médicos del contagio; están en el primer lugar de exposición y deben tener cobertura", dijo Mauricio Eskinazi, titular de CONFEMECO ( agrupa a los colegios médicos de todo el país).
En la Superintendencia de Riesgos de Trabajo ya recibieron consultas informales la Unión de Aseguradoras de Riesgo de Trabajo.
Según fuentes de la Super, se les contestó que aunque "la epidemia no está listada en la ley debe estar cubierta".
Pero entidades profesionales entienden que para que eso ocurra de manera automática debería agregarse al Covid-19 en la legislación. "El Gobierno debería sacar un DNU declarando al coronavirus enfermedad laboral", reclamó Yabkoswski. "Debería haber alguna resolución oficial, un decreto o el instrumento legal que sea para asegurar la cobertura", coincidió Mauricio Eskinazi.
Entre las aseguradoras de riesgo de trabajo sostienen que la legislación no considera al coronavirus una enfermedad laboral y que tampoco se puede considerar a un contagio como un accidente laboral porque no se trata de "un hecho súbito y violento".
Las ART están preocupadas de que se les haga absorber el costo de los trabajadores que enfermen (o que eventualmente mueran y sus familias deban cobrar una indemnización).
“Es un absurdo, no se cobró prima por esto. No se puede ahora pretender que se lo cubra. Es poner en riesgo a todo un sistema que funciona", dijeron fuentes del mercado asegurador.
El sistema prevé que las ART cubran los tratamientos de enfermedades o accidentes laborales y los salarios del trabajador a partir del dia12 de su ausencia.
En caso de que la ART no se hiciera cargo de un contagiado por cumplir tareas en la emergencia, las empresas -o los familiares de una víctima mortal- podrían recurrir a la Comisión Médica Central, que funciona como una especie de segunda instancia para los reclamos.
"La comisión van a expedirse a favor del trabajador. Como pasa en los casos de las enfermedades no listadas y que se determina que pueden estar relacionadas con la actividad que realiza el trabajador", señalaron en la Superintendencia de Riesgos del Trabajo. Para eso, claro, habrá que recurrir hasta ellos y cuando eso suceda posiblemente el trabajador ya estará curado.
"No hay zona gris. La decisión es que las ART deberán hacerse cargo. Más que con los trabajadores, las ART tendrán problemas con las empresas por quién paga los salarios de los días no trabajados", dijeron en las Superintendencia.
Pero resolución oficial no hubo aun ninguna.
Caso aparte es la situación de los médicos que trabajan como monotributistas, sobre todo en guardias de clínicas y sanatorios privados y también en hospitales públicos.
"Los monotributistas y autónomos no tienen cobertura de ART", resaltaron en una aseguradora. El sistema solo contempla la atención de 10 millones de trabajadores en relación de dependencia. ■