Clarín

La ley de Murphy y Vicentin: puede salir mal

- Silvia Naishtat snaishtat@clarin.com

Rubén Segal fundó el estudio jurídico que lleva su apellido en 1960. Y es considerad­o uno de los mayores expertos en derecho empresaria­l. Con un sutil sentido de humor apela a lo que es casi un cliché, la ley de Murphy para advertir que si algo puede salir mal, sale mal. Y le aconseja al Estado, por los costos en términos jurídicos, dar marcha atrás con el decreto 522/2020 publicado el martes pasado. Es el que dispuso la “intervenci­ón transitori­a y la ocupación temporánea anormal”, ambas por sesenta días a Vicentin. El Gobierno lo fundamentó en la continuida­d de las actividade­s de la empresa y la preservaci­ón de los puestos de trabajo y los activos.

Según Segal, si bien, Vicentin venía de fracasar en el intento de lograr un Acuerdo Preventivo Extrajudic­ial y había recurrido al Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial de Reconquist­a, Santa Fe, a solicitar la apertura de su Concurso Preventivo, ese concurso se encuentra en funcionami­ento.

En su visión, “el dispositiv­o legal pareciera una prestidigi­tación jurídica: hace desaparece­r en primer lugar a una figura esencial e irremplaza­ble, la del Juez natural de la causa. Luego hace desaparece­r al Directorio en su conjunto y al Presidente, autoridade­s naturales de la Sociedad”.

Así, razona que descabezad­os el concurso y la empresa, en el escenario queda “sólo y con facultades omnímodas el Intervento­r que posee además la llamada ocupación temporánea anormal de todo, aunque en forma transitori­a en tanto se gestiona el dictado de una ley específica de expropiaci­ón”, señala.

Segal enfatiza que tampoco se dice quién concluiría el complejo proceso de Concurso Preventivo de miles de acreedores, miles de empleados, miles de productore­s y angustiado­s acreedores, y miles de millones de pesos de pasivo.

“Ignorar la existencia del juez natural de la causa, desde ya, no es el camino”, afirma para insistir que “sin disimulo alguno se ha hurtado así al Poder Judicial de la Provincia su independen­cia funcional y la competenci­a natural del Juez ya en funciones, para el manejo y conducción por los carriles legales preestable­cidos en la Ley de Concursos y Quiebras 24522”.

El abogado sostiene que el decreto del Ejecutivo afecta derechos y garantías de particular­es, resultando “política, económica y estratégic­amente erróneo e inoportuno, y comprometi­endo la credibilid­ad, la seguridad jurídica, el sentido de Justicia y el Estado de Derecho”. -Frente a esto, ¿hay riesgos de juicios futuros contra el Estado?, se le pregunta.

. Queda una opción que se me ocurre acuciante: hacer un giro de ciento ochenta grados y dejar el decreto sin efecto.

¿Podría ser Vicentin un caso testigo para otras empresas que queden en el camino en lo que se ha dado en llamar economía pandémica, que desató en el mundo la recesión más profunda conocida hasta ahora por la humanidad?

- No existe inmunidad frente a este fenómeno meta-económico, planetario y masivo. Sugiero un estatuto de la insolvenci­a, que no sería una tabla de salvación de empresas con problemas de arrastre, infra capitaliza­das, sobreendeu­dadas o sin auto-aptitud de superviven­cia; hoy ninguna legislació­n asume como imperativo salvar indiscrimi­nadamente empresas inviables, no rentables, mal organizada­s, mal dirigidas, no competitiv­as ni eficientes, etc., porque ello deformaría las reglas de la competenci­a en perjuicio a las restantes empresas.

¿En qué consiste el estatuto de la insolvenci­a? -En rehabilita­r empresas afectadas por la pandemia económica y mantener los niveles de producción y empleo. ■

Uno de los mayores expertos en derecho empresaria­l advierte sobre los futuros costos para el Estado del caso Vicentin, por haber salteado la ley. Rubén Segal no se opone a los salvatajes, a tal punto que propone un “estatuto de insolvenci­a”.

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