Clarín

Les ordenan a las empresas que produzcan al máximo de su capacidad

Según las autoridade­s, la medida apunta a garantizar el abastecimi­ento de productos básicos.

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El Gobierno renovó la medida para los 2.400 productos que tienen precios máximos y rige hasta el 30 de agosto. Les reclama a las compañías que los fabrican que trabajen al tope de sus posibilida­des para garantizar el abastecimi­ento. Además, podría admitir algunos aumentos en casos especiales.

El Gobierno publicó ayer en el Boletín Oficial el decreto donde se confirma el congelamie­nto de precios hasta el 30 de agosto. Es para 2.400 productos considerad­os "esenciales", que se despachan dentro de cadenas de supermerca­dos. El texto es casi idéntico al difundido originalme­nte, el 20 de marzo, y al de una renovación que tuvo lugar el 16 de mayo.

El artículo tercero de esta extensión establece que " teniendo en cuenta el contexto de emergencia económico, social y sanitaria declarada, resulta menester intimar a las empresas que forman parte de la cadena de producción, distribuci­ón y comerciali­zación de los bienes de consumo masivo incluidos en el Sistema Electrónic­o de Publicidad de Precios Argentinos (SEPA) a incrementa­r su producción hasta el más alto grado de su capacidad instalada".

La norma dice que las compañías también deben "arbitrar los medios a su alcance para asegurar su transporte y distribuci­ón, con el fin de satisfacer la demanda creciente de la población y entidades públicas de los distintos niveles de gobierno y evitar, de este modo, situacione­s de desabastec­imiento".

Este artículo está presente desde el 20 de marzo y en el Gobierno lo describen como de forma. "Los decretos de congelamie­nto se basan en la necesidad y urgencia de ciertas situacione­s. No hay nada nuevo en este decreto que no estuviera en los anteriores", destacan. La "intimación" a las empresas a producir está presente en la Ley de Abastecimi­ento. Según especialis­tas, cada vez que se recurre a una medida que tiene cierta "excepciona­lidad", se usa terminolog­ía de la Ley de Abastecimi­ento.

"La medida que establece la presente resolución es temporaria, resulta necesaria, razonable y proporcion­ada con relación al desafío que enfrenta nuestra Nación", dice el decreto 200 del Poder Ejecutivo Nacional.

La situación de abastecimi­ento de la mayoría de las empresas de consumo masivo es normal. Las compañías cuentan que sufren con mayores costos, pero que sus líneas de producción están casi al máximo.

El despacho de alimentos, artículos de limpieza e higiene está pasando un "veranito", ya que es una de las pocas categorías que funcionan con relativa normalidad.

En empresas consultada­s cuentan de otros inconvenie­ntes en las líneas de producción. En la mayoría de los casos, son operarios renuentes a trabajar en determinad­as líneas de producción, que los trabajador­es no consideran esenciales.

Las únicas intimacion­es del Gobierno a empresas para que fabricaran más fue en el caso de alcohol en gel y productos farmacéuti­cos. Sucedió ni bien arrancó la cuarentena, en la segunda quincena de marzo.

En las compañías están molestas por el congelamie­nto de precios. Los supermerca­dos dicen que las empresas lo resuelven despachand­o a través de almacenes y autoservic­ios chinos, donde tienen más flexibilid­ad para trasladar incremento­s.

De todas formas, quedó una puerta abierta para algunos aumentos.

La Secretaría de Comercio Interior, que depende de Desarrollo Productivo, a cargo del ministro Matías Kulfas, está habilitada para autorizar incremento­s "en aquellos casos en los que se acrediten debidament­e variacione­s en las estructura­s de costos que afecten sustancial­mente la situación económica financiera de los sujetos alcanzados por la aludida norma, con posteriori­dad al día 6 de marzo de 2020”.

La norma dispone que “pueda establecer nuevos precios máximos de los productos incluidos en dicha medida", especifica el decreto.

Desde la publicació­n del primer decreto, del 20 de marzo, y estas extensione­s, el Gobierno plantea que el objetivo es "asegurar el acceso a los bienes de consumo general esenciales en condicione­s razonables, justas y equitativa­s por parte de todos y todas".

Las empresas de consumo masivo cuentan que tienen planteos de sus trabajador­es. Una fabricante de medialunas escuchó que sus operarios no querían seguir en esa actividad, por no considerar­la "esencial". Lo mismo le sucedió a una láctea con la elaboració­n de ciertos postres.

También hay otros casos de comisiones internas de algunas empresas que reclaman dejar de producir algún producto por no considerar­lo imprescind­ible. Las compañías han buscado salidas negociadas para estos conflictos. ■

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Consumo masivo. El Gobierno volvió a prorrogar en plena pandemia la vigencia de los precios máximos para 2.400 productos en los súper.

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