Clarín

Publicarán diariament­e el índice de ajuste anual para los contratos de alquiler

- Natalia Muscatelli nmuscatell­i@clarin.com

El Banco Central aprobó el método de cálculo del Índice para Contratos de Locación de inmuebles destinados a uso habitacion­al, el que combinará el nivel de inflación de precios con el aumento de salarios, tal como lo establece el artículo 14 de la Ley de Alquileres (27551), que será publicado de manera diaria.

En ese sentido, la norma establece que el precio del alquiler solo podrá en forma anual y utilizando un índice conformado por partes iguales por las variacione­s mensuales del índice de precios al consumidor (IPC) y la remuneraci­ón imponible promedio de los trabajador­es estables (RIPTE).

El índice tendrá carácter diario, de modo de posibilita­r el cálculo del ajuste cualquiera sea el día de inicio del contrato, según definió el Directorio de la autoridad monetaria.

La nueva Ley de Alquileres, sancionada este año por el Congreso, modifica una vieja norma de 1984 e incorpora nuevos derechos y obligacion­es del inquilino y del propietari­o como, entre otros, la prohibició­n de pagos por adelantado, salvo el pago de un mes de alquiler y el depósito en garantía.

También establece que el plazo mínimo de la locación de inmueble será de tres años, que el importe del depósito de garantía no podrá ser mayor al equivalent­e al primer mes de alquiler y que el inquilino no tendrá a su cargo el pago expensas extraordia­justarse narias, ni aquellos gastos inherentes a la propiedad como impuestos u otros gastos.

Por otra parte, los locadores deberán aceptar como garantía título de propiedad inmueble, aval bancario, seguro de caución, garantía de fianza o fiador solidario y, en los casos de desalojo, el procedimie­nto de mediación prejudicia­l pasará a ser obligatori­o, entre otros cambios.

Las asociacion­es de inquilinos estaban en contra de los aumentos trimestral­es o semestrale­s.

El primer índice de actualizac­ión deberá fijarse en julio del 2021, cuando se cumpla el primer año del contrato de alquiler bajo la nueva ley.

Desde que se sancionó la ley, los primeros efectos son, al menos por ahora, por lo menos preocupant­es: hay menos oferta de propiedade­s, algunos propietari­os las sacaron del mercado y los precios de arranque de los nuevos contratos subieron sensibleme­nte.

Esta ley se da en un contexto especial, al menos para el mercado de la ciudad de Buenos Aires. Las estadístic­as oficiales indican que está creciendo a paso sostenido la cantidad de inquilinos.

En 2003, según estadístic­as oficiales, el 64,5% de los habitantes de la ciudad eran propietari­os, el 23,9% inquilinos, y había un 11,6% bajo otras formas. En 2013, las proporcion­es eran: 56,8% de propietari­os, 32,1% inquilinos, y 11% “otros”. Los últimos datos oficiales, de 2019, indican: 53,6% de propietari­os, 35,2% de inquilinos y 11,3% “otros”. Las cifras hablan de un persistent­e proceso de “inquiliniz­ación” de la sociedad porteña. La ausencia de créditos hipotecari­os puede ser una explicació­n.w

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