Publicarán diariamente el índice de ajuste anual para los contratos de alquiler
El Banco Central aprobó el método de cálculo del Índice para Contratos de Locación de inmuebles destinados a uso habitacional, el que combinará el nivel de inflación de precios con el aumento de salarios, tal como lo establece el artículo 14 de la Ley de Alquileres (27551), que será publicado de manera diaria.
En ese sentido, la norma establece que el precio del alquiler solo podrá en forma anual y utilizando un índice conformado por partes iguales por las variaciones mensuales del índice de precios al consumidor (IPC) y la remuneración imponible promedio de los trabajadores estables (RIPTE).
El índice tendrá carácter diario, de modo de posibilitar el cálculo del ajuste cualquiera sea el día de inicio del contrato, según definió el Directorio de la autoridad monetaria.
La nueva Ley de Alquileres, sancionada este año por el Congreso, modifica una vieja norma de 1984 e incorpora nuevos derechos y obligaciones del inquilino y del propietario como, entre otros, la prohibición de pagos por adelantado, salvo el pago de un mes de alquiler y el depósito en garantía.
También establece que el plazo mínimo de la locación de inmueble será de tres años, que el importe del depósito de garantía no podrá ser mayor al equivalente al primer mes de alquiler y que el inquilino no tendrá a su cargo el pago expensas extraordiajustarse narias, ni aquellos gastos inherentes a la propiedad como impuestos u otros gastos.
Por otra parte, los locadores deberán aceptar como garantía título de propiedad inmueble, aval bancario, seguro de caución, garantía de fianza o fiador solidario y, en los casos de desalojo, el procedimiento de mediación prejudicial pasará a ser obligatorio, entre otros cambios.
Las asociaciones de inquilinos estaban en contra de los aumentos trimestrales o semestrales.
El primer índice de actualización deberá fijarse en julio del 2021, cuando se cumpla el primer año del contrato de alquiler bajo la nueva ley.
Desde que se sancionó la ley, los primeros efectos son, al menos por ahora, por lo menos preocupantes: hay menos oferta de propiedades, algunos propietarios las sacaron del mercado y los precios de arranque de los nuevos contratos subieron sensiblemente.
Esta ley se da en un contexto especial, al menos para el mercado de la ciudad de Buenos Aires. Las estadísticas oficiales indican que está creciendo a paso sostenido la cantidad de inquilinos.
En 2003, según estadísticas oficiales, el 64,5% de los habitantes de la ciudad eran propietarios, el 23,9% inquilinos, y había un 11,6% bajo otras formas. En 2013, las proporciones eran: 56,8% de propietarios, 32,1% inquilinos, y 11% “otros”. Los últimos datos oficiales, de 2019, indican: 53,6% de propietarios, 35,2% de inquilinos y 11,3% “otros”. Las cifras hablan de un persistente proceso de “inquilinización” de la sociedad porteña. La ausencia de créditos hipotecarios puede ser una explicación.w