Cambiemos fue a la Justicia contra las sesiones virtuales que prorrogó Cristina
La tensión política en el Senado sigue escalando. Ayer, el bloque de Juntos por el Cambio presentó una acción de amparo en la Justicia para que se “declare la inconstitucionalidad y nulidad absoluta e insanable” del decreto firmado por Cristina Kirchner como presidenta del Senado por el que se prorrogaron las sesiones virtuales de esa cámara por otros 60 días.
La medida ya había sido anticipada la semana pasada por la bancada opositora, cuando Cristina decidió prorrogar las sesiones remotas. Según
Juntos por el Cambio, esa decisión viola el reglamento del Senado.
De acuerdo con la bancada opositora, para la modificación del reglamento se necesitan dos tercios de los votos del Senado (48, número al que el oficialismo no llega). Para el kirchnerismo, sin embargo, no se realizó ninguna modificación del reglamento.
En el amparo, las autoridades del bloque de Juntos por el Cambio sostienen que “la Presidencia (del Senado) reconoce y sabe que no puede prorrogar las sesiones remotas per se, sino que tiene que hacerlo el pleno de la Cámara, porque ello implica una reforma al Reglamento. Y toda reforma requiere dos tercios de los votos”.
En el amparo los opositores también plantean una serie de “irregularidades y deficiencias de las sesiones remotas. Es evidente que este tipo de sesiones, con el sistema informático que se ha adoptado, concentra su administración en áreas operativas que dependen exclusivamente de la Presidencia del Senado, sin ningún tipo de auditoria informática por parte de los bloques opositores, limitando consecuentemente la posibilidad de control tanto de la oposición como de la ciudadanía en su conjunto”.
Y citan una serie de ejemplos:
• Resulta prácticamente imposible, sin tener acceso al sistema, verificar la real asistencia de todos los senadores que aparecen registrados con la evidente implicancia que eso tiene en el quórum y en las votaciones, sobre todo las efectuadas a mano alzada. Nunca supimos si en las sesiones remotas realizadas había o no el quorum porque nos es imposible contar a los “presentes” (en realidad deberíamos decir “conectados”). La presidente del cuerpo afirma que lo hay y no hay modo de rebatir ni constatarlo”.
•El sistema telemático tampoco contempla opciones claras en cuanto a la posibilidad de dar quórum o no, ni de la facultad de hacerlo en determinados momentos de una sesión.
• El acceso al sistema ha fallado en varias oportunidades; debiendo en algunos casos los senadores acceder al mismo por intermedio de un link de acceso directo que le fuera remitido a su casilla de mail, sin seguir ningún protocolo de seguridad en cuanto a la verificación de su identidad.
• El control sobre las votaciones realizadas a mano alzada es muy deficiente. En cuanto a las votaciones nominales, los antecedentes marcan a las claras que, en casi la totalidad de las mismas, el acta resultante de la votación digital arroja resultados incompletos.
JxC pidió a la Cámara en lo Contencioso Administrativa el sorteo de Juzgado. ■