Clarín

Observa contradicc­iones en el proyecto sobre el aborto

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El texto del Proyecto de Ley Abortista, reconoce al niño por nacer su dignidad humana y sin embargo autoriza su asesinato. El proyecto, al modificar el Código Penal, mantiene el aborto como un delito contra la vida de una persona. El aborto es ubicado dentro del título l: “Delitos contra las personas” y capítulo I: “Delitos contra la vida” Del libro II del Código Penal.

El Proyecto sanciona con penas de 3 a 10 años de prisión a aquellos que cometan un aborto sin consentimi­ento de la “persona gestante”. El bien jurídico protegido es el derecho a la vida de la persona. El sujeto activo es cualquier persona menos la madre. Sujeto pasivo, el niño por nacer. Objeto del delito, matar al niño por nacer.

El texto dice que si la madre presta su “consentimi­ento informado no es delito”. Esta es la única variante para despenaliz­ar el aborto. Para el legislador la decisión de la madre es suficiente para terminar con la vida de una persona y es superior al bien jurídico vida de una persona. Existen gravísimas contradicc­iones entre el relato y el texto del proyecto. El relato se basa en la falsa postura de desconocer la dignidad humana, de tratar como cosa o fenómeno al niño por nacer, mientras que el texto en discusión protege a la persona por nacer de todos menos de la decisión de su madre.

El relato esconde el meollo del texto del proyecto que autoriza la muerte de seres humanos indefensos a merced de una decisión.

Diego Ernesto Cuenya diegocueny­a@hotmail.com

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