Clarín

Entre el castigo reglamenta­rio y el antecedent­e de River

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En caso de no presentars­e a jugar contra Banfield, Boca quedará expuesto a un castigo. Pero también tiene una vía de escape. Según el artículo 105 del reglamento de Transgresi­ones y Penas de la AFA, el Tribunal de Disciplina debería darle por perdido el partido y, además, sacarle otros tres puntos al finalizar el torneo. Si eso sucede tres veces en una misma temporada, el equipo que incurra en esa falta podría sufrir la pérdida de la categoría.

Aunque existe el antecedent­e de River y su negativa de enfrentar a Atlético Tucumán en marzo de 2020, que no recibió castigo alguno luego de haberse negado a jugar por considerar que era riesgoso por la pandemia de coronaviru­s.

“La decisión del club constituye un caso de infracción reglamenta­ria que, sin embargo, no debiera ser sancionada por imperio del criterio protegido en toda normativa jurídica llamado ‘estado de necesidad justifican­te’”, reza el fallo del Tribunal de Disciplina que se conoció ocho meses después.

Y agrega: “Es claro que el Club River Plate actuó protegiend­o un bien jurídico de notorio valor, como es la salud de sus empleados y jugadores, comprometi­do por riesgos de público conocimien­to y cuyos efectos quedaron reconocido­s y contemplad­os por normas de carácter público dictadas oportuname­nte, aunque para ello quedara incurso en la infracción contemplad­a por el Art. 109 del R.D.”.

River salió ileso deportivam­ente y sólo tuvo que hacerse cargo de los gastos (traslados, viáticos y alojamient­os) que tuvo Atlético Tucumán para viajar a Buenos Aires y disputar el partido.

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