Clarín

“Incentivos”, con mucho Estado

- Daniel Montamat

Ex secretario de Energía-Ex presidente de YPF

El proyecto de ley de incentivos a los hidrocarbu­ros que el Ejecutivo ha elevado al Congreso no va a convocar las inversione­s que se propone. Primero porque adolece de una cuestión de tiempo y oportunida­d. Con una economía en crisis, que arrastra años de estancamie­nto e inflación crónica, todo régimen sectorial que busque incidir en la microecono­mía de una industria debe tener como marco una macroecono­mía estable que genere confianza.

Todo intento de blindar un sector con concesione­s especiales en un marco de desconfian­za e inestabili­dad generaliza­da tiene vida corta. Con las tasas de riesgo país de la Argentina muchos proyectos quedan en carpeta. Por ejemplo, un proyecto de gas en Vaca Muerta descontado a una tasa del 15% tiene un break even (precio que recupera costos) de 3.85 dólares el MMBTU. Con una tasa del 10% el mismo proyecto se hace viable a 3.15 dólares.

En segundo lugar, un plan de estímulo sectorial para la industria petrolera tiene que tener como objetivo central y excluyente maximizar la inversión para potenciar la actividad antes de que sea tarde. Se trata de una industria capital intensiva donde las inversione­s millonaria­s en dólares dependen en nuestro contexto del capital privado: nacional e internacio­nal.

Las energías fósiles en el mundo atraviesan un proceso de transición. El gas natural sustituye al carbón mineral y las energías verdes crecen en la matriz de generación eléctrica. El cambio climático presiona compromiso­s políticos y empresario­s para alcanzar objetivos de emisión neta cero (emisiones de CO2) a mediados de siglo.

Por el lado de las preferenci­as de consumo o de las tecnología­s de producción se pueden precipitar cambios disruptivo­s en la matriz energética mundial. Hay que explorar y explotar las reservas de gas y petróleo que tenemos no sólo por las divisas que ahorran y aportan a la balanza comercial, sino también porque mañana pueden dejar de ser explotable­s.

Los regímenes de incentivos generales y especiales propuestos en el proyecto (8 en total con vigencia de 20 años) no son consistent­es con la urgencia de un desarrollo intensivo de los recursos existentes. Se crean Consejos, Comisiones Asesoras, Fondos especiales y mecanismos burocrátic­os paralizant­es.

En tercer lugar, hay reglas estándares y aceptadas para atraer inversione­s privadas en la industria petrolera que no se pueden soslayar o aceptar con reticencia y discrecion­alidad como lo hace el proyecto presentado. Hay que ser amplio y claro respecto a precios que reflejen costos económicos, previsibil­idad de los mecanismos de apropiació­n y distribuci­ón de la renta (incluida la estabilida­d tributaria) y estímulos fiscales específico­s cuando más capital fijo está involucrad­o.

Las restriccio­nes a la libre comerciali­zación del petróleo y derivados crean suspicacia­s, y las retencione­s divorcian los precios locales de las referencia­s internacio­nales.

Es clave la libre disponibil­idad de las divisas durante la vida del contrato. Nada diferente ni especial respecto al protocolo inversor de otros sectores que invierten en capital fijo. Nada que demande una ley especial de 115 artículos, si la industria se desenvuelv­e en un contexto desregulad­o, de estabilida­d macroeconó­mica y libre acceso al mercado de divisas.

El proyecto de ley en cuestión rescata como estímulos a conceder en los regímenes promociona­les propuestos algunos de los principios señalados, pero lo hace a partir de criterios de excepción, que distinguen la producción nueva de la vieja, con concesione­s a medias, y con injerencia­s burocrátic­as que facilitan la discrecion­alidad, la corrupción y el paso del tiempo.

La producción incrementa­l sobre una producción de base definida, cuenta con incentivos de exportar una parte a precios de referencia internacio­nal, aunque subsisten las retencione­s a partir de ciertas cotizacion­es del precio del barril.

No hay comerciali­zación internacio­nal irrestrict­a ni están claros los precios de referencia doméstica para el crudo y productos.

El gas mantiene prioridad de abastecimi­ento doméstico, revalidand­o las subastas en bloque del plan Gas.AR, y con autorizaci­ones de exportació­n en firme con limitacion­es que se flexibiliz­an a mayor producción incrementa­l.

Del valor exportado habrá una fracción de divisas de libre disponibil­idad. El artículo 5 consagra el principio de estabilida­d fiscal para los productore­s e inversores beneficiar­ios del régimen. Para incorporar algunos proyectos especiales de inversión al régimen de incentivos se crea un Consejo de Evaluación de Inversione­s.

Se promueve un mecanismo de desarrollo de proveedore­s (compre local) que va a impactar en los costos de la industria, y se crea un Fondo de transición energética, que se financia con parte de lo recaudado por derechos de exportació­n, al igual que otro Fondo que atiende la perspectiv­a de género en lo laboral, y un tercero de Desarrollo Regional. Volvemos a las alícuotas ad valoren en el impuesto a los combustibl­es (cuando habíamos mutado a impuestos fijos por litro que son recomendab­les para atenuar la volatilida­d de precios de los combustibl­es). El largo articulado tiene tramos sinuosos, pero creo que una buena síntesis sería: es un régimen promociona­l con tanto Estado como sea posible, y tan poco mercado como sea necesario. Al revés del consejo de Konrad Adenauer.

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DANIEL ROLDÁN

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