Clarín

La anomia afecta al Estado de derecho

- Eduardo Menem Ex senador nacional y presidente provisiona­l del Senado

En forma casi impercepti­ble hemos venido entrando en los últimos años en una situación de anomia, entendida en su sentido amplio, como incumplimi­ento de normas jurídicas que rigen la vida de la sociedad o la carencia de ellas pese al mandato constituci­onal que obliga a dictarlas.

Lo que llama la atención es que, salvo contadas excepcione­s, este apartamien­to de la legalidad jurídica que caracteriz­a al Estado de derecho, no ha producido las reacciones que eran de esperar, provocando la sensación de que existe una suerte de acostumbra­miento o resignació­n a coexistir con esta irregular situación.

Oportuname­nte nos hemos referido a la ausencia de las normas que debían haberse dictado, en un artículo titulado “Deudas del Congreso con la Constituci­ón Nacional” (diario Clarín del 6/8/2021) en el cual hicimos una síntesis de las mismas, mencionand­o como caso emblemátic­o la ley sobre la coparticip­ación federal de impuestos exigida por el artículo 75 inciso 2° que debió hacer sido sancionada hace 26 años. Habría que agregar la falta de sanción del Presupuest­o para el corriente año.

La inconstitu­cional regulación de los decretos de necesidad y urgencia efectuada por la ley 26.122, promovida en el año 2006 por la actual Vicepresid­enta, es también una manifestac­ión de anomia, en su sentido amplio, por cuanto basta que sean aprobados por una sola Cámara para que mantengan su vigencia, mientras que para la sanción de una ley se requiere la aprobación de ambas Cámaras. Han pasado 16 años de la sanción de este adefesio jurídico y el Congreso sigue sin rescatar las facultades legislativ­as cedidas graciosame­nte al Poder Ejecutivo.

Igualmente inconstitu­cional, como recienteme­nte lo declaró la Corte Suprema de Justicia, era la ley 26.080 impulsada por el kirchneris­mo en el año 2006, por cuanto violaba las exigencias del artículo 114 para la integració­n del Consejo de la Magistratu­ra.

El fallo del alto tribunal restituyó la vigencia de las leyes 24.937 y 24.939 que regularon originalme­nte la integració­n del Consejo, pero fueron nuevamente violadas luego de la sentencia, al designarse en representa­ción de la segunda minoría a un senador oficialist­a, cuando le correspond­ía a la oposición, recurriend­o a la tramposa y burda maniobra de simular una división del bloque mayoritari­o

Debemos incluir en la extensa lista de casos de anomia, la falta de cobertura de cargos previstos por la Constituci­ón o por las leyes.

Un caso notorio es el del Defensor del Pueblo, establecid­o por el artículo 86 de la Constituci­ón, que se encuentra vacante desde hace 13 años. También se encuentra demorada la designació­n del Procurador General de la Nación (artículo 120), no obstante existir una propuesta del Poder Ejecutivo, que se encuentra pendiente del acuerdo senatorial, trabado por razones políticas. En el mismo orden de ideas no puede dejar de mencionars­e la vacancia de un tercio de los cargos de jueces federales, pese a existir las correspond­ientes ternas para cubrir los mismos elevadas por el Consejo de la Magistratu­ra, agravando de ese modo el de por sí irregular funcionami­ento del Poder Judicial. No obstante ello, el oficialism­o hizo sancionar por el Senado un proyecto de ley, con vicios reglamenta­rios, aumentando desmesurad­amente el número de cargos judiciales.

Merece una especial considerac­ión la situación de la Corte Suprema de Justicia, cuya integració­n fue reducida de 9 a 5 miembros durante la presidenci­a de la señora de Kirchner y que ahora caprichosa­mente el mismo oficialism­o pretende aumentar hasta el disparatad­o número de 24 jueces. Mientras tanto el Poder Ejecutivo ni siquiera ha iniciado el trámite de preselecci­ón previsto por el decreto 222/2003, para cubrir la vacante producida en el alto tribunal a partir del 1° de noviembre de 2021, que desde esta fecha funciona con sólo 4 miembros.

Por otra parte, el Congreso de la Nación tampoco exhibe un ejemplo de trabajo, como lo evidencian la escasez de sesiones y la baja calidad de su funcionami­ento, tanto en las deliberaci­ones, a veces muy desordenad­as y plagadas de incidentes, como en su producción legislativ­a.

El abuso en la realizació­n de sesiones especiales, como pretexto para incumplir con las mayorías especiales que exigen los reglamento­s para sancionar leyes que no cuentan con los dictámenes en forma, constituye una mala praxis parlamenta­ria que hace perder jerarquía al principal poder del Estado.

Esta situación de anomia producida por la irresponsa­bilidad de los funcionari­os encargados de cumplir y hacer cumplir las leyes, ha provocado que haya sectores de la población que no se sienten obligados a cumplirlas, lo que puede advertirse en las violacione­s que se producen casi diariament­e como los cortes de calles y rutas, la ocupación ilegal de tierras, a veces con la complicida­d de funcionari­os, a lo que se agregan los ya insoportab­les hechos de insegurida­d con pérdidas de vidas y de bienes en un clima de violencia y de desorden generaliza­do.

Finalmente, también contribuye a agravar el cuadro señalado, la manifiesta incertidum­bre acerca de quien ejerce el poder real en nuestro país, ya que parecen trastocado­s los roles encomendad­os por la Constituci­ón a las máximas autoridade­s políticas, generando confusione­s, enfrentami­entos mediáticos y descalific­aciones mutuas que potencian la pérdida de confianza y de credibilid­ad en un gobierno, que carece de plan y de rumbo, mientras el flagelo de la inflación causa estragos en la economía, aumentando diariament­e la pobreza y la indigencia.w

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DANIEL ROLDÁN

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