LEY DE CUMPLIMIENTO TRIBUTARIO DE CUENTAS EXTRANJERAS
● Hoy a las 12 se firma el acuerdo en un acto junto al embajador Stanley y a la AFIP en el CCK y se pone en marcha la Ley de Cumplimiento Tributario de cuentas extranjeras.
● EE.UU. provee a lo largo de 9 meses hasta el 30 de septiembre la información de todas las cuentas de ciudadanos argentinos en ese país. Cuentas individuales, de sociedades integradas por ciudadanos argentino.
● El mecanismo se llama determinación de ciudadanos que firman el formulario W8VN, que es el formulario con el cual los ciudadanos que no son residentes en EE.UU. demuestran su condison ción de extranjeros y hacen la apertura de cuentas bancarias.
● EE.UU. brinda la información financiera sobre las cuentas declarables a la Argentina, con la identificación del titular de la cuenta, de la institución financiera, el monto bruto de intereses percibidos u otras rentas con fuente en EE.UU.
● Si alguien tiene una colocación asociada a una cuenta en un fondo de inversión y recibe rentas, también forma parte de la información que el gobierno de EE.UU. dará a lo largo de 9 meses de intercambio de información.
● Los bancos argentinos pasan a tener la obligación de estar sujetos a declarar información a requerimiento de autoridades de EE.UU.
● Hay requisitos que tienen que ver con un compromiso mutuo de alcanzar niveles equivalentes de intercambio de información, establece la responsabilidad de que toda la información este sujeta a confidencialidad.
● Hay un régimen de salvaguardas entre la AFIP respecto de como los procedimientos desde el punto de vista técnico y tecnológico.
● Este programa se acompaña con un blanqueo y se pide al Parlamento un tratamiento respecto de “regímenes de exteriorización”.
● Entre el 1 de enero y el 30 de septiembre, aquellos argentinos que no hayan exteriorizado van a poder hacerlo con regímenes beneficiosos.
● A partir del 1 de octubre del año que viene, la aparición de esas cuentas prevé sanciones desde el punto de vista económico y penal.