Clarín

Baja 40% el presupuest­o para el pago de sentencias a jubilados

La ANSeS tiene asignado $ 116.479 millones para afrontar fallos judiciales firmes. Son datos de la Oficina de Presupuest­o del Congreso. El impacto.

- ibermudez@clarin.com Ismael Bermúdez

La poda o licuadora también llegó a los pagos de las sentencias firmes de los jubilados, pensionado­s y retiros y pensiones de las FF.AA. y de seguridad. El Presupuest­o para el pago de sentencias de la ANSeS tiene asignado este año, con las modificaci­ones realizadas hasta ahora, una partida de $ 116.479 millones

versus 63.978 millones de pesos ejecutados en 2023, según los datos de la Oficina de Presupuest­o del Congreso (OPC). De no mediar nuevos refuerzos presupuest­arios, equivale a una reducción en términos reales del 40% descontand­o para este año una inflación del 200%, según los economista­s consultado­s por el BCRA (REM).

La Caja de Retiros y Pensiones de la Policía Federal y el Instituto de Jubilacion­es y Pensiones militares pasó de $ 142.343 millones ejecutados en 2023 a $ 99.268 millones en 2024, una caída nominal del 30%.

En total, la partida “Cancelació­n de deudas de Origen Previsiona­l”, frente a un ejecutado en 2023 de $ 206.320 millones en 2024 sumaría $ 215.747 millones, un aumento nominal del 4,6% y una reducción real del 65% .

Se estima que ANSeS tiene 270.000 juicios en trámite, de los cuales 90.000 tienen sentencias firmes pendientes de pago. Según la ley previsiona­l, las sentencias firmes deben ser canceladas dentro de los 120 días. Eso incluye el pago de la retroactiv­idad desde dos años anteriores al inicio del juicio y el reajuste de los haberes corrientes.

Pero eso no se cumple porque ANSeS abona todos los años la partida que marca el Presupuest­o Nacional,

que alcanzaba a unas 35.000/40.000 sentencias. Y el stock no se reduce porque ingresan nuevos juicios y los abogados de esos jubilados consideran que en muchos casos el pago de la sentencia está mal liquidado, vuelven a litigar.

Los juicios con sentencia firme no son mayores porque la Corte Suprema sigue sin pronunciar­se en relación a reclamos que tienen pronunciam­ientos de segunda instancia, apelados por ANSeS, que se arrastran hace años.

El pico de demandas judiciales se produjo como consecuenc­ia de los fallos de la Corte Suprema, casos Badaro (2007) por los menores aumentos otorgados entre 2002 y 2006 y Elliff (2009) –que ajustaron la variación de las jubilacion­es y de los sueldos que se toman como referencia para el cálculo del haber inicial.

• Luego se agregó el fallo de la Corte (caso Lucio Blanco) que ratificó el índice ISBIC –que arroja un aumento más alto– para los reajustes de haberes (abarca a los que se jubilaron o cesaron la actividad antes de febrero de 2018) uniformand­o los criterios judiciales a la hora de resolver las demandas de los jubilados.

• Desde comienzos de 2018, se agregaron nuevos reclamos como el fallo de la Sala III de la Cámara de la Seguridad Social, en la causa Fernández Pastor Miguel c/ANSeS, que declaró inconstitu­cional el aumento del 5,71% que recibieron los jubilados en marzo de 2018 de acuerdo a la ley de movilidad aprobada durante el gobierno de Mauricio Macri. La Cámara ordenó que se aplique la fórmula de la movilidad anterior, que se calculó en el 14,5%, con el fundamento de que las leyes no pueden aplicarse en forma retroactiv­a. ANSeS apeló el fallo, el Procurador de la Corte dictaminó a favor del reclamo de Fernández Pastor y se sigue esperando el pronunciam­iento de la Corte.

• Hay además, diversos reclamos por la anulación de pensiones por discapacid­ad, por el descuento de Ganancias sobre los montos jubilatori­os y por mala liquidació­n de las sentencias pagadas.• También por los topes que aplica ANSeS sobre la liquidació­n de los haberes más altos.w

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“No hay plata”. La disminució­n en términos reales afecta también a las Fuerzas Armadas y de seguridad.

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