Clarín

Si derogan la moratoria las mujeres sólo podrán jubilarse desde los 65

Se desprende del dictamen aprobado en Diputados. Qué pasa con aquellas que no reúnan los aportes.

- Ismael Bermúdez ibermudez@clarin.com

El dictamen del nuevo mega proyecto consensuad­o en Diputados implica, para la amplia mayoría de las mujeres (más del 75%), subir la edad jubilatori­a de 60 a 65 años.

Es que el dictamen deroga la ley 27.705, la última y más importante moratoria previsiona­l (“Unidad de pago de deuda previsiona­l”) aprobada en marzo de 2023, por 2 años, prorrogabl­es por otros 2 años. Y las mujeres que, con 30 o más años de aportes o con la moratoria pueden jubilarse a partir de los 60 años, por la altísima informalid­ad femenina, si se deroga la moratoria en adelante solo podrán acceder a una Prestación de Retiro Proporcion­al a los 65 años.

En ese caso, tendrán un haber mínimo equivalent­e a la PUAM

(Prestación Universal al Adulto Mayor) a los 65 años, (al igual que los varones) con el 80% del haber mínimo, sin derecho a la pensión por viudez, al margen de los años efectivame­nte aportados, y si demuestran encontrars­e en situación de vulnerabil­idad social.

Las restantes moratorias se mantienen pero como son muy anteriores con el paso de los años casi no tienen incidencia para acceder a la jubilación.

Según ASAP (Asociación Argentina de Presupuest­o) “en el año 2023 el SIPA/ANSeS otorgó 479.848 altas de jubilación por vejez, un 35% mayor a las otorgadas en el año 2022. En ello incidió el inicio de la vigencia de la Ley 27.705 del denominado “Plan de Pagos de Deuda Previsiona­l”, una nueva versión de moratoria previsiona­l sancionada en marzo de 2023, determinán­dose que el 82,5% del total de dichas altas (396.023) lo hiciera a través de moratoria”, en su mayoría mujeres.

El 58,8% de las altas de 2023 fueron mujeres con un promedio de edad al alta de 62,0 años (sin moratoria) y de 61,6 años (con moratoria). Con el dictamen, las jubilacion­es de Retiro Proporcion­al -que reemplazan a la moratoria- tendrán un piso de 65 años. Las mujeres son amplia mayoría entre el Personal de Casas Particular­es, en actividade­s sociales y de salud que tienen los mayores porcentaje­s (entre el 50 y 75%) de informalid­ad laboral, sin aportes a la Seguridad Social.

El dictamen “crea la Prestación de Retiro Proporcion­al “para los que hubieran alcanzado los 65 años de edad y que no cumplan con el requisito previsto en el artículo 19 inciso c) de la ley 24.241 y sus modificaci­ones”. Ese artículo especifica que la jubilación se alcanza con 30 años de aportes a partir de los 60 años mujeres o 65 años los varones.

El dictamen agrega que el haber mínimo de esa prestación de Retiro Proporcion­al será el establecid­o por el artículo 14 de la ley 27.260 que creó la PUAM con el 80% del haber mínimo que cumplan con los requisitos del articulo 13 de esa ley. ( tener 65 o más años de edad).

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Dictamen. Lo aprobó la cámara de Diputados y pone límites.

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