Clarín - Económico

Cómo son los cambios en Bienes Personales

Ajustes. Cambiará la alicuota, que será progresiva. Los inmuebles rurales seguirán sin pagarlo

- José Luis Ceteri Especial para Clarín

Teerminó el periplo parlamenta­rio, que siguió el proyecto de ley para modificar el Impuesto sobre los Bienes Personales. En 2016, el proyecto que de blanqueo que envió el Poder Ejecutivo proponía eliminarlo a partir del año que viene. Sin embargo, finalmente en la ley 27.260 se mantuvo con reducción de alícuotas, incremento­s en el mínimo no imponible y premio para los cumplidore­s.

Ahora se aprueba otra reforma en sentido contrario, incrementa­ndo casi un 100% el mínimo no imponible, pero aumentando progresiva­mente las alícuotas. Los cambios regirán para el año 2019, que vencerá en el 2020. Para este año, que se tendrá que presentar el año que viene seguirá todo igual; o sea, un mínimo de activos gravados de $1.050.000, a partir del cual habrá que pagar, y aplicando una tasa única del 0,25%. Pero para 2019, habrá nuevos esquemas y alícuotas.

Los últimos cambios duplicaron el mínimoexen­to, pasándolo de $1.050.000 a $2.000.000, a partir del cual se obliga al pago del tributo. Asimismo, se modificó la alícuota del 0,25% para todos y se reemplazó por escalones de tasas progresiva­s que se incrementa­n al aumentar el valor de los bienes gravados. Los titulares de inmuebles rurales, después del reclamo que hicieron, mantienen la exención en el tributo.

Los cambios influyen de igual manera para todos los contribuye­ntes, hayan blanqueado bienes o no y para los que se anotaron como cumplidore­s (que ya no tendrán beneficio).

Se paga, como hasta ahora, por todos los activos que se posen en el país más los que se encuentran en el exterior. Para determinar el valor de los inmuebles, se considera el mayor valor entre el de compra y el fiscal.

Los valores fiscales serán los vigentes al 31 de diciembre de 2017, los que se actualizar­án teniendo en cuenta la variación del Índice de Precios al Consumidor nivel general (IPC), entre esa fecha hasta el 31 de diciembre del ejercicio fiscal de que se trate.

Recienteme­nte, a través de un decreto, el Poder Ejecutivo ordenó la creación de un organismo que pueda homogeneiz­ar el valor de los inmuebles de todo el país, llevándolo­s a precios de mercado, lo que producirá incremento­s en los valores de los inmuebles para pagar el Inmobiliar­io, que cobra cada jurisdicci­ón, y en Bienes Personales. Con esto la valuación fiscal de los inmuebles estará más cerca de la de mercado y por ende más gente será incluida en el impuesto. Para estos bienes, a sugerencia del Senado, se exime la casa habitación del contribuye­nte que posea un valor de hasta $18.000.000.

 ??  ?? Alcancia. La AFIP aumentará su recaudació­n con las modificiac­iones.
Alcancia. La AFIP aumentará su recaudació­n con las modificiac­iones.

Newspapers in Spanish

Newspapers from Argentina