Empresas arrepentidas de formar carteles ya pueden denunciar y pedir clemencia
RIGE NUEVA LEY DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Desde ayer, todas las empresas que participen de un cartel para la formación de precios y quieran denunciar el caso para ser eximidas de penalidad ya pueden hacerlo. Mediante el decreto 480 publicado en el Boletín Oficial, el Gobierno reglamentó la nueva Ley de Defensa de la Competencia, por lo cual los nuevos casos que se investiguen ya estarán regidos por la nueva normativa, que prevé multas mucho más elevadas y criterios más claros para su determinación.
De autoría de los diputados Elisa Carrió y Mario Negri e impulsado desde la Secretaría de Comercio que encabeza Miguel Braun, la ley fue aprobada por la Cámara de Diputados el 9 de mayo, con 163 votos positivos. Tiene como ejes la disuasión de los carteles y monopolios, la independencia, la transparencia, la eficiencia y la previsibilidad, y se basa en las mejores normas antimonopolio a nivel nacional e internacional, precisó el Ministerio de Producción en un comunicado.
La nueva norma prevé multas más altas que las que regían con la vieja ley e introduce un programa de clemencia, “una herramienta clave para prevenir y detectar carteles”.
Se trata de un esquema que habilita a todas las empresas que participan de carteles a aportar evidencia y quedar así eximidos (o lograr una reducción) de la sanción correspondiente.
En diálogo con El Cronista, el titular de la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (CNDC), Esteban Greco, remarcó que si bien la reglamentación de la ley establece un plazo de 30 días hábiles para llamar a concurso y definir los miembros de la futura Autoridad Nacional de la Competencia, “por ahora hay un procedimiento de urgencia para recibir la información de una empresa que quiera presentarse antes de ese tiempo”. Según precisó el funcionario, la experiencia internacional con estos programas de clemencia indican que en algunos países hubo postulantes apenas comenzó a regir, como en España, mientras que en otros tuvieron que pasar varios años hasta que alguna compañía se presente a declarar. Lo que suele suceder es que sean las empresas internacionales las primeras en presentarse, agregó Greco. El titular de la CNDC dijo que en el último año fueron sancionados tres casos de carteles: una de asociaciones de farmacias en Tucumán y dos de clínicas privadas, en Salta y en Bariloche. Y añadió que “los casos que comenzaron con la ley vieja seguirán regidos por esa normativa”.
La nueva autoridad quedará conformada por un Tribunal, que tendrá cuatro miembros, y dos Secretarías (de Concentraciones Económicas y de Investigación de Conductas Anticompetitivas). Las seis personas a cargo estarán elegidas por concurso, por lo que se garantiza el cumplimiento de la ley, que es la que tiene que velar por que los mercados funcionen en forma eficiente y que las decisiones no estén atadas a la política, había explicado Greco tras la sanción de la norma en el Congreso.
Sobre el monto de las multas, se establecieron diferentes criterios para calcularlas, aunque con topes para ser disuasivos pero sin llevar a la empresa a la quiebra. Hasta ahora, la multa máxima era de $ 150 millones; a partir de la nueva ley, si no se pudiera definir la sanción por los criterios establecidos, hay un tope monetario que se ajusta por inflación y que hoy asciende a $ 4000 millones. La Ley también contempla un régimen de control previo de las operaciones de fusiones
y adquisiciones y un procedimiento expeditivo para los casos no problemáticos.