Derechos de exportación, sin derecho
Parto de las normas internacionales incoterms que establecen cláusulas de compra venta para el comercio exterior y explican claramente riesgos, costos y documentos utilizando los critical points para definir y establecer donde comienzan y terminan las obligaciones y derechos del vendedor (exportador) y del comprador ( Importador) .
La cláusula FOB (Free on Board) es la más conocida y la usaré para explicar lo que quiero decir. El “Libre a bordo” quiere decir que el Exportador debe incluir en el FOB todos los costos hasta la puesta a bordo de la mercadería en el buque, involucrando básicamente lo siguiente:
Costo de producción o precio de compra en plaza; gastos administrativos y financieros; impuestos y derechos de exportación; gastos logísticos y de exportación desde planta al buque; gastos de comercialización; utilidad del exportador, reintegros y reembolsos.
Queda claro entonces que los derechos de exportación están incluidos en el valor FOB de la mercadería e incluso sólo el exportador que registra la operación aduanera puede pagarlos mediante un VEP al Estado. Si no incluyera en el precio de venta los derechos, debería afrontarlos con parte de la utilidad y decir esto es reafirma que están incluidos en el precio.
El artículo 737 del Código Aduanero (Ley 22415) dice que “se excluyen del valor imponible los tributos”, por ello el sistema Malvina pregunta si los derechos están incluidos en el valor (pregunta innecesaria porque siempre lo están). Al contestar que sí, el sistema deduce los derechos de la base para el pago evitando que no se calculen y paguen derechos sobre derechos.
Hablaba en pasado, porque desde la implementación de los nuevos derechos del 12% con tope de pesos $ 3 o $ 4, el Malvina aplica el coeficiente, pero luego multiplica por 1,12. Resultado, suma los derechos a la base y se pagan derechos sobre derechos. Es verdad que el Estado necesita dinero, pero están vulnerando el derecho del exportador porque el Código es una Ley y subordina los Decretos.