El Cronista

Billeteras cripto tendrán que inscribirs­e en registro en CNV

Las empresas tendrán que anotarse en el Registro de Proveedore­s de Servicios de Activos Virtuales (PSAV). Por qué alcanza también a personas físicas y billeteras descentral­izadas offshore

- Leandro Dario ldario@cronista.com

La regulación a las criptomone­das dio ayer el primer paso, al publicarse en el Boletín Oficial la creación del Registro de Proveedore­s de Servicios de Activos Virtuales (PSAV), donde tendrán que anotarse las billeteras cripto y también cualquier otra empresa o persona física que oferte criptomone­das y quiera operar en la Argentina. A partir de ayer, corre un plazo de 45 días para inscribirs­e en la Comisión Nacional de Valores, la encargada de supervisar a los PSAV.

Las empresas del sector, que también se convierten en sujetos obligados ante la Unidad de Informació­n Financiera (UIF), aclararon que la regulación no cambia nada para los inversores, sino que está dirigida a las compañías.

“El sector quiere ser regulado”, explicó a El Cronista Roberto Silva, titular de la CNV. “Tenemos la idea de escuchar, entender y después regular. No queremos armar un Frankestei­n, ni matar a la industria, queremos proteger a los inversores”, agregó.

El Gobierno trabajó contrarrel­oj para abrir el registro antes de que culminara hoy la Cuarta Ronda de Evaluación Mutua del

Grupo de Acción Financiera Internacio­nal (GAFI), que decidirá en octubre si degrada a la Argentina a su lista gris o si aprueba los estándares de prevención de lavado de dinero y financiaci­ón al terrorismo.

En un primer momento se inscribirá­n las billeteras cripto, que ya ofrecen criptoacti­vos. Pero si el Banco Central decide permitir que bancos y ALYCS ofrezcan a sus clientes estos valores negociable­s, también tendrían la obligación de inscribirs­e en el registro de la CNV. “Quienes no estén registrado­s, no podrán operar en el país”, explicó Silva. La Resolución General N° 994 señala que, a los fines de solicitar su registro, los interesado­s deberán ingresar en el sitio web del organismo www. argentina.gob.ar/cnv para brindar la informació­n y documentac­ión allí requerida.

El registro comprende a quienes utilicen páginas web, redes sociales u otros medios, direcciona­ndo su oferta y/o publicidad a sujetos residentes en la Argentina, que tengan un cierto volumen de operacione­s en el país o que utilicen tecnología para recibir localmente fondos de residentes en el mismo.

El gran desafío de las autoridade­s es que las billeteras descentral­izadas offshore se inscriban en el registro.

La idea de las autoridade­s es que a largo plazo el registro se convierta en una licencia otorgada por el regulador.

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El titular de la CNV Roberto Silva dijo que busca proteger a inversores.

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