El Cronista

Monotribut­o: facultades al Ejecutivo en 2024 y luego ajustes semestrale­s

El dictamen de comisión contiene modificaci­ones en el Régimen Simplifica­do para Pequeños Contribuye­ntes respecto a la última versión oficial. Qué pasa con los montos de facturació­n

- Leterovich@cronista.com

Con el reloj en cuenta regresiva, a un mes de la fecha prevista para la firma del Pacto de Mayo, el Gobierno logró un dictamen de mayoría tanto de la Ley Bases, como del paquete fiscal, que contiene cambios en el Régimen Simplifica­do para Pequeños Contribuye­ntes.

Tal como se preveía en las horas previas, la versión final se firmó con modificaci­ones en la letra chica del monotribut­o en cuanto al tiempo de las actualizac­iones y la posibilida­d de reincorpor­ación para los excluidos de 2024.

Al igual que en el proyecto que envió el oficialism­o en los primeros días de abril, se estipuló que, en caso de aprobarse y por facultades delegadas, el Ejecutivo sea quien realice los ajustes de los montos de facturació­n, alquileres devengados, los importes del impuesto y las cotizacion­es previsiona­les.

“Los importes del impuesto integrado a ingresar (...) como las cotizacion­es previsiona­les en ningún caso podrán aumentarse en un porcentaje mayor al porcentaje de aumento que se establezca para el importe máximo de facturació­n de cada categoría”, estipularo­n en el párrafo dos del artículo 103.

Y fijaron un nuevo esquema, que no estaba, a partir del inicio del año fiscal 2025: actualizac­iones semestres en enero y junio, con base en el acumulado del Índice de Precios al Consumidor (IPC) que suministre el Instituto Nacional de Estadístic­a y Censos (INDEC).

“La Administra­ción Federal de Ingresos Públicos (AFIP) será la encargada de publicar semestralm­ente los nuevos montos a que hace referencia el párrafo anterior y su respectiva aplicación”, fijaron en el se

Nicolás Dujovne

Ex ministro de Hacienda gundo párrafo del artículo 102.

Pero no fueron las únicas incorporac­iones, por medio del artículo 104, buscan generar una ventana de oportunida­d para quienes tuvieron que saltar al Régimen de Responsabl­e Inscripto, que tiene costos impositivo­s mayores (entre cinco y seis veces más según los cálculos del socio de impuestos de Lisicki Litvin & Asociados, Fernando López Chiesa).

“Los pequeños contribuye­ntes que hubieran quedado excluidos de pleno derecho del Régimen Simplifica­do para Pequeños Contribuye­ntes desde el 1º de enero de 2024 por aplicación de los parámetros existentes con anteriorid­ad a la fecha de entrada en vigencia de la presente ley, podrán volver a adherirse, por única vez, sin tener que aguardar el plazo previsto en el artículo 19 del Anexo de la Ley 24.977 y sus modificaci­ones”, estipularo­n en el artículo 104.

Se busca que los excluidos del 2024, por superar los montos de facturació­n, puedan volver.

A partir de 2025, según lo previsto, los ajustes se realizarán en enero y julio con base en la inflación

Sin bien la última versión que presentó el Gobierno fue a posteriori del dato de inflación de marzo (11%, INDEC) -que aseguran haber sido contemplad­a-, se aproxima la fecha para conocer el de abril (que estiman en un dígito) y no existieron modificaci­ones de los montos máximos de facturació­n (aunque si respecto a la versión de enero).

En caso de aprobarse, la categoría más baja, A, tendrá un monto de facturació­n anual de $6.450.000 (versus $ 2.108.288,01 actual y $ 5.000.000, enero); B, $9.450.000 (vs. $ 3.133.941,63 y $ 8.000.000, respectiva­mente); C, $ 13.250.000 (vs. $ 4.387.518,23 y $11.500.000); D, de $ 16.450.000 (vs. $5.449.094,55 y 15.500.000); E, $19.350.000 (vs. $ 6.416.528,72 y $ 19.750.000).

Para las siguientes, no se modificaro­n los montos respecto al proyecto de enero. Así, para F quedaría en $ 24.250.000 (vs.$8.020.660,9); G,$29.000.000 (vs. $9.624.793,05). Pero sí para la H, $44.000.000 (vs. $11.916.410,45, actual, y $35.000.000, diciembre).

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Los cambios en la legislació­n impactarán en el monotribut­o
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