ACTUALIZAN EL CóDIGO PROCESAL PENAL DE LA CIUDAD
La Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires aprobó la ley que modifica el Código Procesal Penal con el propósito de adaptarlo a las nuevas atribuciones que tendrá la Justicia local por el traspaso de delitos que antes eran de competencia nacional. Además, la norma incorpora el patrocinio gratuito para víctimas de delitos.
Para el nuevo Código “se corrigen diversos artículos pasando de los términos expediente o causa al concepto de caso como elemento central de la investigación preparatoria en el marco de un proceso de neto corte acusatorio tal como lo estipula la Constitución de la Ciudad en su artículo 13”.
Los cambios aprobados incorporan los principios del proceso penal de igualdad entre las partes, buena fe, oralidad, publicidad, contradicción, concentración, inmediación, simplicidad, celeridad y desformalización, que tienden a fortalecer el sistema de audiencias para la resolución de los conflictos.
Además, precisa hasta qué momento del proceso es posible una mediación y prohíbe acuerdos cuando la pena del delito atribuido supere los seis años de prisión o cuando el imputado tenga antecedentes penales. Establece especiales medidas restrictivas para el caso de investigaciones de delitos ocurridos en el contexto de violencia contra la mujer.
Otro de los ejes para la actualización se basó en la modernización; en este sentido establece que con los testigos que residan a más de 100 kilómetros de la Ciudad de Buenos Aires se podrán utilizar videoconferencias. Y contempla el uso de medios tecnológicos para la protección de víctimas y testigos.
La ley agrega el capítulo “Medidas especiales de investigación” para habilitar el uso de herramientas y sistemas modernos “con un criterio restrictivo que respete los principios de necesidad, razonabilidad, subsidiariedad y proporcionalidad”, donde incorpora figuras como el agente encubierto, el agente revelador, el informante y la entrega vigilada.
El presidente de la Comisión de Justicia, Daniel Presti (Vamos Juntos), señaló que se extendió 24 horas más el tiempo de detención de los imputados -en la Ciudad ya era de 24horas-. “Cuando el imputado sea detenido, el fiscal intimará el hecho en el menor tiempo posible, dentro de las 24 horas de iniciada su privación de libertad. Según la complejidad del caso, el plazo fijado podrá ser prorrogado por otras 24 horas”, especifica el nuevo Código.
También se incorporó el artículo 37 bis establece que “el patrocinio jurídico será gratuito cuando se tratare de un delito contra la vida, la libertad o la integridad sexual, o tuviere por resultado la muerte del ofendido”. Y aclara que en el caso de que se trate de otro delito, será gratuito cuando la víctima no pueda solventarlo.