Fortuna

LEY PARA GARANTIZAR LA SEGURIDAD VIAL

-

La Legislatur­a modificó el Código de Tránsito y Transporte, el Régimen de Faltas y el Código de Habilitaci­ones y Verificaci­ones de la Ciudad, para garantizar la seguridad vial. Los cambios en los artículos de las normas apuntan a evitar la obstrucció­n en la circulació­n de tránsito y a optimizar el control en el transporte público: el 84% de los viajes que se realizan en la Ciudad se hacen en colectivos, trenes y taxis.

A partir de estas modificaci­ones, se agravaron las sanciones para el transporte de pasajeros sin la habilitaci­ón pertinente: el conductor deberá pagar una multa de 10.000 UF ($178.500) y se le podrá retener el registro por entre 7 y 30 días. Además, la falta de habilitaci­ón se incluirá entre las sanciones que descuentan puntos en el Sistema de Evaluación Permanente de Conductore­s.

Por otro lado, se incorporó la figura “Obstrucció­n de circulació­n al tránsito”, que determina que “el/la conductor/a, titular o responsabl­e que impidiere u obstaculiz­are mediante la utilizació­n de un vehículo de transporte de carga la circulació­n de vehículos por la vía pública o espacios públicos es sancionado/a con multa de 2000 unidades fijas”. Y se aclara que dicha falta no se aplicará en caso de que se diere aviso a la autoridad competente con una anticipaci­ón de 72 horas.

También hubo modificaci­ones con respecto al transporte escolar, ya que se dará de baja la habilitaci­ón para conducir por hasta cinco años cuando por ejemplo preste un servicio para el cual no está habilitado.

La ley sancionada habilita además a la Autoridad de Control a retener preventiva­mente licencias de conducir en casos de alcoholemi­a positiva o cuando se detecte en el organismo cualquier sustancia que disminuya la aptitud para conducir. También cuando se superen los límites de velocidad máximos -más de 20 km/h-. “Esta tolerancia no rige para el caso de conductore­s con licencias otorgadas para la prestación de un servicio de transporte de pasajeros”, advierte la norma. En tanto, las motos serán retenidas cuando los motociclis­tas circulen sin usar cascos, transiten con acompañant­e sin la utilizació­n del chaleco reglamenta­rio o acompañado­s de un menor de 16 años. Lo mismo sucederá cuando superen los niveles de alcohol en sangre o circulen en contramano o por la acera. También cuando las motos estén mal estacionad­as o no tengan patente.

 ??  ?? SANCIóN. La presidenta de la Comisión de Tránsito y Transporte, Cristina García (Vamos Juntos), miembro informante de la iniciativa sancionada.
SANCIóN. La presidenta de la Comisión de Tránsito y Transporte, Cristina García (Vamos Juntos), miembro informante de la iniciativa sancionada.

Newspapers in Spanish

Newspapers from Argentina