Boleta de ABL
Con relación a la carta del señor Hugo Perini, manifestando su disgusto por seguir recibiendo boletas de Inmobiliario/ABL a su nombre meses después de haber vendido su inmueble, hemos podido verificar que si bien la fecha de escrituración es 28/10/2014, el escribano no realizó la obligatoria inscripción de esta en Rentas sino hasta el 30/4/2015. Es decir, al momento en que se presentó en Rentas, no existía en este organismo información alguna sobre el cambio de titularidad, ni tampoco contaba el vendedor con copia de la escritura traslativa de dominio. Por lo tanto, fue correcto que quien lo atendió le indicara que se comunicara con el profesional interviniente, quien evidentemente recordó así que había incumplido su obligación legal de registrar la nueva titularidad en el término de 45 días, bajo apercibimiento de multa. Procedió a hacerlo y pudo entregarle una constancia hasta ese momento inexistente. Gracias a que esta administración desarrolló un aplicativo electrónico que simplifica el trámite a los escribanos, sin papeles ni desplazamientos, al instante.
Por otra parte, invitamos a todos los contribuyentes que requieran modificar la titularidad de sus partidas tras un cambio de dominio que por algún motivo no haya sido registrado a que lo hagan a través de www.agip.gob.ar sin necesidad de concurrir a dependencia alguna y sin esperas, en “Trámites por mail – Nominación de partidas”. De todos modos, debe tenerse en cuenta que las emisiones de las boletas se hacen en forma cuatrimestral y el proceso requiere casi dos meses de anticipación, por lo cual un cambio de titularidad puede igualmente tardar hasta cinco o seis meses en verse reflejado en las boletas que se distribuyen en forma postal. Lic. Carlos G. Walter Administrador Gubernamental de Ingresos Públicos – GCABA DNI 20.558.711