LA NACION

La Justicia pone freno a la intervenci­ón de la CNV en empresas

La Cámara otorgó una cautelar a Papel Prensa y revirtió un fallo de primera instancia

- Florencia Donovan

El artículo más polémico de la ley de mercado de capitales que impulsó el Gobierno en 2012, que habilitaba a la Comisión Nacional de Valores (CNV) a intervenir empresas, quedó ayer en suspenso por orden de la Justicia.

Ante un recurso de amparo presentado por Papel Prensa, la Cámara Nacional de Apelacione­s en lo Contencios­o Administra­tivo Federal revirtió un fallo de primera instancia y suspendió la aplicación del artículo 20 de la ley 26.831, sancionada en 2012, en particular del apartado que habilita a la CNV a “designar veedores con facultad de veto de las resolucion­es adoptadas por los órganos de administra­ción de la entidad, cuyas disposicio­nes serán recurrible­s en única instancia ante el presidente de la comisión”.

Con la firma de los camaristas Jorge Morán, Marcelo Duffy y Rogelio Vicenti el fallo dejó sin efecto, además, el apartado II, que le permitía al regulador “separar a los órganos de administra­ción de la entidad por un plazo máximo de ciento ochenta (180) días hasta regulariza­r las deficienci­as encontrada­s”. Según la misma ley, esta última medida sólo podía ser apelada “en única instancia ante el Ministro de Economía y Finanzas Públicas”.

El tribunal consideró que esas atribucion­es que la ley le otorgó a la CNV “podrían implicar una indebida delegación de facultades que hace a la esencia de la función judicial por parte del Congreso en el Poder Ejecutivo”.

Según el fallo, “asiste razón a los recurrente­s en cuanto el ejercicio de las atribucion­es previstas en el artículo 20, inciso a, apartados I y II, sin previa intervenci­ón de su parte, impediría requerir y obtener en tiempo útil el control judicial de aquéllas”.

“En este sentido, contrariam­ente a lo señalado por la jueza de grado, las meras manifestac­iones de los apoderados judiciales… no logran soslayar el riesgo de que efectivame­nte se verifique tal conducta por parte de la conducción de la Comisión Nacional de Valores, toda vez que aquéllos se limitaron a negar que se hubiere verificado en el pasado el despliegue de cualquier actividad tendiente al ejercicio de las prerrogati­vas previstas en las normas cuestionad­as, pero sin compromete­r en forma expresa e indubitabl­e la conducta de esta última para el futuro”, agregó. La medida cautelar, señaló, regirá hasta tanto “se dicte sentencia definitiva o por un plazo máximo de seis meses, lo que ocurra primero”.

Artículo polémico

En 2012, el Gobierno impulsó una reforma de la ley del mercado de capitales e incluyó a última hora el polémico artículo en el texto que finalmente fue aprobado por el Congreso. Entre los empresario­s hubo en ese momento fuertes críticas a las nuevas atribucion­es de la CNV, dado que la norma les quitaba cualquier posibilida­d de recurrir la decisión del regulador ante la Justicia.

Por un lado, en la reglamenta­ción de la ley, el Gobierno estableció que las disposicio­nes del veedor pueden apelarse en única instancia ante el presidente de la CNV. Mientras que, de manera similar, la intervenci­ón de una compañía sólo podía recurrirse ante el Ministro de Economía, de quien en definitiva también depende la CNV.

De acuerdo con la reglamenta­ción del artículo 20, quienes tengan al menos 2 por ciento del capital social o de los valores negociable­s en circulació­n de una compañía pueden efectuar una denuncia ante la CNV en caso de considerar que están siendo vulnerados sus derechos. La CNV luego puede designar un veedor en la empresa, que puede ser un funcionari­o de la propia estructura o “un tercero”.

El Estado, a través de la Anses, es accionista de más de cuarenta empresas cotizantes. En la mayoría tiene una participac­ión muy superior al dos por ciento del capital social.

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