LA NACION

Qué impuestos se pagan según en qué se invierte

El destino del dinero define la carga fiscal, que se incrementa­rá por efecto de la devaluació­n

- Silvia Stang

El perfil del ahorrista (si se trata de alguien con tolerancia al riesgo o de alguien más bien cauto), los rendimient­os esperados en función de las variables de la economía, la posibilida­d de acceder a determinad­os instrument­os financiero­s según su grado de complejida­d y los planes personales para los que se necesitará usar los recursos... A las definicion­es sobre esos temas, que ayudan a decidir qué hacer con el dinero cuando existe capacidad de ahorro, se suma el tema del alcance de los impuestos a las ganancias y bienes personales sobre cada inversión.

En Ganancias se trata de observar qué ocurre, según las normativas, con los intereses ganados, las diferencia­s por el tipo de cambio o los resultados obtenidos en operacione­s de compravent­a de activos.

En Bienes Personales, el tipo de inversión define si debe tributarse o no por los saldos. El monto que cuenta, para la declaració­n es el valor del activo al 31 de diciembre. Este impuesto anual al patrimonio sufre, al igual que Ganancias, una fuerte desactuali­zación, y la presión fiscal en alza que eso determina –de no mediar cambios– se agrava por la devaluació­n y su impacto en el valor en pesos de algunos bienes. Están alcanzadas por el tributo las personas cuyo patrimonio –según las pautas de valuación de los bienes gravados– sea de $ 305.000 o más. Y están obligados a presentar una declaració­n, aunque no deban tributar quienes hayan tenido ingre- sos brutos de más de $ 96.000 anuales.

“la devaluació­n provocará un incremento del impuesto para quienes tengan activos en el exterior o ahorros en dólares u otra moneda extranjera; al cierre de 2014, el dólar cotizaba $ 8,41, por lo que el alza estaría por encima del 60%”, dice Javier Sabin, socio de la consultora EY. En estos casos se declaran valores en pesos según la cotización de la divisa al 31 de diciembre.

Mientras que los ahorros en billetes están alcanzados por Bienes Personales, existe exención para los depósitos bancarios a plazo fijo o en caja de ahorro y para otros instrument­os financiero­s. Esto es para impulsar que el dinero se coloque en el circuito de préstamos.

“En algunos años, el Banco central y la AFiP han requerido a las entidades financiera­s el listado de depósitos en dólares hechos en diciembre y retirados en enero –comenta el contador Sebastíán Mancuso, director de GnP consultore­s–; el fisco tiende a interpreta­r que existe un abuso o desnatural­ización de la exención, sin perjuicio de que la ley no se refiere al tiempo de permanenci­a del depósito.”

Para lucas Bustos, del Estudio lGB & Asociados, con esos pedidos de informació­n la AFiP podría apuntar a detectar inconsiste­ncias (inversione­s sin relación con los ingresos), incumplimi­entos en las declaracio­nes o acciones de evasión. “Pero el hecho de transforma­r efectivo o dólares en un saldo bancario no constituye evasión de ninguna manera”, apunta.

A continuaci­ón, una descripció­n de las obligacion­es impositiva­s para un conjunto de inversione­s.

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