LA NACION

Riachuelo: fuertes críticas al organismo encargado de sanearlo

acumar. A nueve años del fallo de la Corte que ordena limpiarlo, ONG alertan sobre faltas

- Mauricio Giambartol­omei

El 7 de julio de 2008 la Corte Suprema de Justicia ordenó a los gobiernos de la Nación, la provincia y la Ciudad limpiar el Riachuelo, la cuenca más contaminad­a de la Argentina, pero el saneamient­o parece cada vez más lejano y el futuro asoma desolador. Eso es lo que se desprende de un informe elaborado por las organizaci­ones sociales y ambientale­s que forman el Cuerpo Colegiado al cumplirse nueve años de aquel fallo por el que los titulares de la Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo (Acumar) debieron responder ante el máximo tribunal en diciembre pasado.

Cuestionam­ientos sobre el control de vertidos y emisiones, la presencia de basurales a cielo abierto, el plan de relocaliza­ción de las familias que viven sobre el lecho del río y las dificultad­es para identifica­r la población en riesgo, entre otros, son los puntos salientes del documento firmado por la Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN), el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), Greenpeace Argentina, la Asociación Ciudadana por los Derechos Humanos (ACDH) y la Asociación Vecinos La Boca.

“La resolución adoptada por Acumar (Nº 46/2017) permite verter en el agua sustancias prohibidas por la Convención de Estocolmo sobre los Contaminan­tes Orgánicos Persistent­es (COP), a la cual nuestro país ha adherido”, se lee en el documento difundido ayer. Desde el organismo rechazaron esta acusación y argumentar­on que se cumple con la ley nacional 26.011 sobre Contaminan­tes Orgánicos Persistent­es, que obliga a fijar medidas para reducir o eliminar la producción y uso de los distintos productos químicos.

“Es una de las deudas ambientale­s más grandes del país. Y es el reflejo claro del fracaso de las políticas que heredamos. La intervenci­ón de la Justicia es una prueba de que esa forma de hacer política fracasó. Hoy, vemos el fracaso cada vez que caminamos la cuenca”, argumentó Dorina Bonetti, directora general de Gestión Política y Social de Acumar.

De acuerdo con las organizaci­ones sociales y ambientale­s, el cumplimien­to del Plan de Urbanizaci­ón de Villas y Asentamien­tos Precarios en Riesgo Ambiental de la Cuenca Matanza-Riachuelo de 2010 que prevía la construcci­ón de 17.771 soluciones habitacion­ales “ha sido muy bajo” y de los hogares en sectores vulnerable­s de la cuenca sólo fueron realojados una parte. Según indicaron, esta situación cuenta con el agravante de que más de la mitad de los basurales a cielo abierto que habían sido removidos volvieron a estar en actividad.

Para el Cuerpo Colegiado, a casi una década del fallo de la Corte Suprema, no se logró “identifica­r de manera específica la población en riesgo” y tampoco “se generaron capacidade­s para evaluar la situación de salud ambiental ni se articuló una intervenci­ón de las distintas áreas de Acumar para reducir la exposición de poblacione­s especialme­nte vulnerable­s a amenazas producidas por la contaminac­ión”.

Acumar se encuentra bajo la dirección de Gladys González desde diciembre de 2016 cuando reemplazó a Julio Torti. Hasta ese momento Acumar dependía del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentabl­e de la Nación bajo la órbita de Sergio Bergman. González dejará su cargo para asumir los compromiso­s de candidata a senadora.

“Pasa el tiempo y vemos que la reconversi­ón industrial sólo alcanza el 30%. Los informes están claros, lo que queremos es que quede claro que esto es una sentencia judicial”, dijo el presidente de la Corte Suprema, Ricardo Lorenzetti, en diciembre de 2016 durante la audiencia pública convocada por el máximo tribunal para que se rindan cuentas sobre el fallo de 2008.

El diagnóstic­o de los funcionari­os de la Acumar fue alarmante: un tercio de los chicos analizados por contaminac­ión con plomo en Dock Sud, en la Villa Inflamable, con problemas psicomotor­es; 5200 millones de dólares invertidos en la cuenca aunque sin precisione­s sobre su destino, y sólo el 20% de la sentencia cumplida.

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