LA NACION

Blanqueo laboral: dos detalles que provocan inquietud en los empleadore­s

- Eugenio Maurette Para la Nacion Socio del estudio Eugenio Maurette y Asociados

la ley de reforma laboral implementa un blanqueo en la seguridad social. con ello lo que se busca es buscar disminuir en forma significat­iva el empleo informal, no registrado o comúnmente llamado “en negro”, pero vemos que este puede no tener el éxito esperado.

En primer lugar, el proyecto de ley, establece que si un empleador adhiere a la regulariza­ción ello implica la condonació­n de capital e intereses de todos los aportes y contribuci­ones al sistema único de Seguridad Social (previsiona­l; instituto Nacional de Jubilados y Previsiona­dos; obras sociales; fondo de desempleo y régimen de asignacion­es familiares), pero nada dice de los aportes y contribuci­ones solidarios; seguros que imponen algunos convenios colectivos (la Estrella; etc.); contribuci­ones y/o aportes para gastos de sepelio; etc. Entonces, una empresa de servicios que, por ejemplo, sus empleados estarían representa­dos por el Sindicato de comercio, regulariza una relación laboral, y el Sindicato referido puede a base de esa regulariza­ción reclamarle el 2,5% de aportes solidarios al Sindicato y a la Federación no efectuados sobre la remuneraci­ón que se declara, por un plazo de hasta cinco años hacia atrás. El seguro la Estrella, cuyo aporte es obligatori­o para los empleados comprendid­os en el convenio colectivo de empleados de comercio puede reclamar el 3,5% por un plazo de hasta 10 años para atrás, sobre la misma remuneraci­ón, y el inacap podría reclamar el 0,5% también sobre esa remuneraci­ón.

Esto ocurre para cualquier relación laboral que debiera estar comprendid­a en un convenio colectivo de trabajo, porque casi la totalidad tienen aportes y/o contribuci­ones solidarios; pudiendo tener aportes y/o contribuci­ones para seguros de sepelio; seguros de vida; etc.

la regulariza­ción no implica que un blanqueo total de las deudas que se originaron con motivo de no tener registrado a un empleado, sino de la parte que le correspond­e al Gobierno (cargas sociales), pudiendo los sindicatos y/o las entidades vinculadas con los mismos utilizar dicha regulariza­ción para reclamar al empleador que regulariza una relación laboral o corrige una deficiente registraci­ón, una importante deuda con intereses y multas por aportes y contribuci­ones solidarias no pagadas; aportes y/o contribuci­ones especiales no pagados; etc.

aquí el Gobierno podría acordar con los sindicatos que ellos adhieran al blanqueo y condonen también aquellos créditos laborales de las que solo ellos son titulares, ya que esto termina también siendo un beneficio para ellos porque más empleados se encuadran en un sindicato.

El segundo tema, es que la ley dice que la registraci­ón puede ser total (una relación que estaba totalmente en negro), o puede ser para corregir deficienci­as en la registraci­ón, como por ejemplo remuneraci­ón no registrada o fecha de ingreso registrada con posteriori­dad a la real. ahora bien, el art. 8º del proyecto refiere que de constatars­e la existencia de personal no declarado o irregularm­ente registrado con posteriori­dad a la regulariza­ción, caen los beneficios otorgados, debiendo el empleador pagar las cargas sociales, intereses y multas sobre la relación laboral que había registrado y de la que se le había perdonado dichos pagos.

¿cuál es el problema aquí? Supongamos que un empleador regulariza empleados que tenía cobrando su salario bajo monotribut­o, y luego en una determinac­ión de deuda o en una sentencia judicial establecen que debía haber registrado como remuneraci­ón el celular o la medicina, dos prestacion­es que se otorgan al empleado que la jurisprude­ncia no es unánime en cuanto a si constituye salario o no. con ello caería toda la regulariza­ción que efectuó y tendrá una determinac­ión de deuda con intereses y multas. Para el empleador, saber que si una sentencia determinar­a por alguna razón que alguna prestación que otorga como no remunerati­va, es salarial, el riesgo que asume es muy grande. Estos dos temas provocan inquietud, y pueden llevar a los empleadore­s a no acogerse al blanqueo.

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