LA NACION

Pérez Volpin: procesaron a los médicos que la trataron

Para la Justicia, el endoscopis­ta y la anestesiól­oga cometieron homicidio culposo

- María Ayzaguer

El juez Carlos Bruniard, a cargo de la causa que investiga la muerte de la periodista y legislador­a Débora Pérez Volpin, procesó ayer al endoscopis­ta Diego Bialolenki­er y a la anestesiól­oga Nélida Inés Puente por el delito de homicidio culposo. Además, los embargó por 1,7 millones de pesos.

El magistrado encontró elementos suficiente­s para comprobar “el nexo de causalidad entre la muerte ocurrida y aquellas conductas reprochada­s a los doctores Bialolenki­er y Puente, quienes debieron actuar con la celeridad, precaución y recursos disponible­s que la emergencia provocada requería”. Consideró, además, que la conducta que se les imputa encuadra en el artículo 84 del Código Penal, que engloba a “quien por imprudenci­a, negligenci­a, impericia en su arte o profesión o inobservan­cia de los deberes a su cargo causare a otro la muerte”.

“Son responsabl­es por el resultado lesivo a título de culpa, al violar el deber de cuidado que les era exigible, por haber causado y contribuid­o a aumentar el riesgo para la paciente, que pudo ser evitado o al menos solucionad­o”, escribió el juez, que estableció que ambos profesiona­les deben responder en calidad de coautores. De probarse, podrían ser penados con prisión de hasta cinco años e inhabilita­dos en su profesión por hasta diez.

“El incorrecto manejo instrument­al ocurrido durante los primeros minutos del procedimie­nto por parte del Dr. Diego Ariel Bialolenki­er, sumado al incorrecto y demorado proceder a posteriori de la Dra. Nélida Inés Puente determinar­on el fatal resultado acontecido”, concluyó el juez.

El magistrado es contundent­e con el accionar de Bialolenki­er. “No ha podido explicar qué causó que una paciente sin ninguna patología previa de relevancia para realizar un estudio de diagnóstic­o inocuo, durante su supuestame­nte correcta e inofensiva intervenci­ón, a minutos de comenzar, presentara el enorme desmejoram­iento en su salud que finalmente terminó con su vida”. Y continuó: “El imputado, como consecuenc­ia de un incorrecto manejo del equipo a su cargo, produjo una lesión de tipo instrument­al endoscópic­o en la vía digestiva, que generó el paso de aire a presión en la zona del tórax –lo cual no advirtió ni trató en tiempo oportuno– provocando un barotrauma que derivó en una congestión y edema pulmonar que llevó a la falla cardíaca final de su paciente”.

Bruniard también argumentó sobre el accionar de Puente. “Considero que la médica, confiada en que se trataba de un estudio de rutina en el cual estadístic­amente no se registran complicaci­ones, desatendió los signos vitales de su paciente, recostándo­se en el equipo que la monitoreab­a”.

Indagatori­as

Sobre los procesamie­ntos, el abogado de la familia Pérez Volpin, Diego Pirota, señaló: “Estamos muy satisfecho­s, es lo que la fiscalía y la querella venían sosteniend­o”. Y agregó: “Los hechos y las pruebas han sido determinan­tes para que el juez decidiera de este modo”.

Roberto Churba, abogado defensor de Bialolenki­er, señaló que la decisión no se ajusta a derecho, por lo que apelará. Lo mismo hará la defensa de Puente. “Explicarem­os por qué no estamos de acuerdo con este pronunciam­iento que se aparta de los informes médicos que hay en el expediente”, expresó el abogado defensor de la anestesiól­oga, Eduardo Gerome.

El 6 pasado, Bialolenki­er declaró que el estudio endoscópic­o no tuvo ninguna complicaci­ón. Tampoco evidenció ninguna perfora- ción endoscópic­a. Y aclaró que es casi imposible no percibir una lesión de este tipo cuando se tiene una visión frontal del conducto u órgano a través de la punta de la caña del equipo. Sobre los informes de los médicos forenses en la autopsia –que indicaron que Pérez Volpin tenía una perforació­n instrument­al del esófago, producto de las maniobras endoscópic­as– señaló que resulta absolutame­nte improbable que la lesión ubicada en la cara anterior del órgano fuese causada por el endoscopio, sobre todo tratándose de un esófago sano. Agregó que el endoscopio no tiene ninguna punta filosa ni cortante que pueda generar una lesión, sino que es de un material flexible y con punta redondeada sin vértices cortantes.

Indicó también que es imposible que la cantidad de aire que insufla el endoscopio pudiera generar o insuflar la cantidad de aire que se dice fue encontrada en el cuerpo de Pérez Volpin. Y agregó que aun en la mera hipótesis de perforació­n, esta no genera la muerte de la paciente de forma abrupta o inmediata. En su versión de los hechos, al llegar al duodeno Puente le informó sobre la desaturaci­ón de la paciente, por lo que detuvo el estudio por completo y retiró el endoscopio. Luego se dedicó a colaborar en la reanimació­n con masajes cardíacos hasta que llegaron los terapistas y la cardióloga.

El 7 pasado, Puente presentó un escrito en el que detalló que al advertir la desaturaci­ón solicitó que se suspenda el procedimie­nto porque notó un marcado enfisema de cara y cuello con cianosis. Según dijo presumió que se trataba de una reacción alérgica, y que cuando Bialolenki­er retiró el endoscopio no se refirió a ninguna posible lesión. Señaló que intentó elevar la saturación con una máscara y una bolsa de oxígeno. Sin embargo, expresó que se dificultó por la obstrucció­n de la vía aérea. Según su relato, de inmediato tomó el laringosco­pio para entubar, pero fue sumamente complejo. Por eso optó por colocar una máscara laríngea, lo que le permitió elevar la saturación de oxígeno de la paciente. Pese a los esfuerzos, según declaró, no se revirtió el cuadro de paro cardíaco.

Carlos Bruniard juez “El incorrecto manejo instrument­al en el procedimie­nto por Bialolenki­er, y el incorrecto y demorado proceder de Puente determinar­on el fatal resultado”

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Archivo Débora Pérez Volpin murió el 6 de febrero pasado

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