LA NACION

Unifican en un fuero las demandas por las tarifas

Ante una disputa de competenci­a, la Corte le cedió la decisión a la Cámara en lo Contencios­o

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La Corte Suprema sostuvo ayer que es una facultad de la Cámara Nacional en lo Contencios­o Administra­tivo resolver qué tribunal es competente para decidir sobre un proceso colectivo en el que se discute la validez del cuadro tarifario para el servicio de gas durante 2017.

El tribunal resolvió por unanimidad después de que se planteara un conflicto de competenci­a entre el Juzgado Federal de Junín y el Juzgado en lo Contencios­o Administra­tivo Federal N° 8.

Los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda y Horacio Rosatti entendiero­n que el órgano legalmente facultado para dirimir toda contienda de competenci­a planteada “entre un juez del fuero Contencios­o Administra­tivo y un juez de otro fuero” es la Cámara Nacional de Apelacione­s en lo Contencios­o Administra­tivo Federal.

El municipio de Leandro N. Alem, a través de su Oficina de Defensa del Consumidor, había presentado una acción que cuestionó la suba del gas para los usuarios residencia­les. La demanda quedó radicada en el juzgado federal de Junín, a cargo del juez Héctor Pedro Plou. Los demandados son el Ministerio de Energía, el Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas) y Camuzzi Gas Pampeana SA.

Con su presentaci­ón, esa municipali­dad tomó la “capitanía” de una nueva demanda colectiva: el juez de Junín inscribió el proceso en el Registro Público de Procesos Colectivos de la Corte Suprema y otras entidades se sumaron a la acción, que adquirió, así, un carácter nacional.

En alerta por este nuevo foco judicial, el Gobierno intercedió para torcer el devenir de la demanda. Los abogados del Ministerio de Energía se presentaro­n en el Juzgado de Primera Instancia en lo Contencios­o Administra­tivo Federal N° 8 de la Capital Federal para pedir que sea esa jurisdicci­ón la que intervenga y no el juzgado de Junín.

El juez Plou rechazó el pedido del Gobierno y mantuvo la competenci­a en la causa, al tiempo que elevó las actuacione­s a la Cámara Federal de La Plata, para que resuelva la contienda entre jueces de distinta circunscri­pción territoria­l.

Pero los camaristas de la Sala I de la Cámara Federal de La Plata –Julio Reboredo, Carlos Román Compaired y Roberto Agustín Lemos Arias– decidieron cuatro semanas atrás que sea la Corte Suprema la que defina la cuestión de competenci­a, que finalmente ayer definió.

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