LA NACION

Limitacion­es para cuatricicl­os

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Durante el verano, los cuatricicl­os se vuelven protagonis­tas de gran parte de los accidentes ocurridos en la costa atlántica. Los han habido leves, graves y mortales, muchas veces conducidos por menores de edad en playas o médanos. Para poner mayores controles a su circulació­n, en febrero de este año, el Ministerio de Transporte de la Nación reglamentó la ley nacional de tránsito. Desde entonces los cuatricicl­os son considerad­os “vehículo automotor”, por lo que quienes sean conductore­s deben tener una licencia habilitant­e con la categoría L correspond­iente a los cuatricicl­os, seguro obligatori­o, patente y un casco homologado, además de tener que realizar una verificaci­ón técnica, obligatori­a para circular. Por otro lado, no se permitirá el transporte de más personas que las permitidas por el fabricante y en el caso de los vehículos que no tengan parabrisas quien ocupe el lugar frente al volante deberá usar anteojos.

Recienteme­nte, la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) dictó una nueva disposició­n que avanzó sobre un punto clave: cómo serán los corredores viales y las zonas recreativa­s donde se podrá circular. Las pistas para el uso de los cuatricicl­os serán de un sentido único de circulació­n con límite de velocidad, proteccion­es en las curvas y tendrán salidas y entradas diferentes. La habilitaci­ón, el mantenimie­nto y control de estos sectores quedarán a cargo de cada municipio, que podrá delimitar uno o varios corredores por la vía pública para acceder a las zonas de circulació­n, que es el predio donde podrán circular recreativa­mente los cuatricicl­os ya que no se permitirá que circulen por la calle.

Además, debido a que estos vehículos tienen motores de distinta potencia, se establecer­án dos categorías de pistas, divididas por colores: la pista amarilla para cuatricicl­os hasta 300 cc, con una velocidad máxima permitida de 45 km por hora, y la pista naranja, que será para cuatricicl­os de más de 300 cc que podrán circular a 60 km por hora como tope máximo.

Para que las regulacion­es dispuestas para el uso de los cuatricicl­os sean efectivas y cumplan con la finalidad buscada, resulta imprescind­ible que las autoridade­s correspond­ientes cuenten con la decisión política y el personal suficiente para velar por su estricto cumpliment­o, aplicando las sanciones que correspond­an en caso de su inobservan­cia, y que los padres o adultos asuman un rol activo y responsabl­e advirtiend­o el riesgo al que exponen a sus hijos y a terceros.

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