Exigen adherir al domicilio fiscal online
El organismo generalizó la obligación; el trámite puede hacerse hasta noviembre
antes de que se inicie diciembre, la totalidad de los contribuyentes deberá estar adherido al domicilio fiscal electrónico, para recibir en forma electrónica notificaciones de la administración Federal de ingresos públicos (aFip). así lo estableció una resolución general de ese organismo.
En el caso de grupos como el de los monotributistas, ya están en rigor obligados a esta modalidad. Según explicaron en el organismo, la disposición rige entonces para personas inscriptas en impuestos como por ejemplo Bienes personales, que no tienen otras responsabilidades hacia el fisco por las que ya se les exigía aceptar el mecanismo de notificaciones electrónicas. De todas maneras, si algún monotributista no hizo antes este trámite, podría cumplirlo ahora.
para adherirse a este sistema se debe ingresar a la página de la aFip con la clave fiscal e ir a la opción correspondiente (domicilio fiscal electrónico). Debe tenerse en cuenta que el organismo da por leídos los mensajes que deja en la opción “e.ventanilla” todos los lunes.
Esto significa que si llegó un mensaje un día miércoles, por ejemplo, y el contribuyente no lo leyó en los días posteriores, se entenderá que quedó notificado a partir del lunes siguiente (si justo toca un día feriado, se traslada al día posterior más cercano que sea hábil). Y si el mensaje implica que corra un plazo para dar una respuesta o ejercer el derecho a defensa, el número de días correspondiente comenzará a contarse desde ese momento. Si el mensaje fue leído el mismo miércoles, en cambio, entonces el plazo correrá eventualmente desde ese momento. Esas disposiciones son recientes y están incluidas en la resolución de la aFip 4280, que modificó las condiciones para la vigencia de los plazos de notificaciones.
Solo quedan exceptuados de la obligación de tener domicilio fiscal electrónico los pequeños contribuyentes que están inscriptos en el registro de efectores sociales del Ministerio de Salud y Desarrollo Social, y quienes tienen domicilio fiscal constituido en localidades con menos de 1000 habitantes.
E.mail y celular
la mencionada resolución del organismo recaudador establece también que cada contribuyente debe informar, al aceptar el uso del domicilio fiscal electrónico, un número de teléfono celular y una dirección de correo electrónico. Esta exigencia debe ser cumplida incluso por quienes ya tienen aceptado su domicilio virtual en la página de la aFip. De esta manera, cada vez que hay un mensaje, se recibe una notificación por esas vías.
a partir de ahora, la notificación por la modalidad electrónica será la única que se utilizará, por ejemplo, para los casos de exclusión del monotributo que disponga la aFip, tras haber hecho un cruce de datos y entender que no corresponde que el contribuyente se mantenga en este sistema impositivo simplificado, en lugar de estar en el régimen general. Hasta hace poco, el listado de monotributistas excluidos se publicaba en el Boletín Oficial, además de usarse el sistema de mensajes en la página del organismo. Otra notificación que podría recibirse sería por una recategorización de oficio dentro de la escala del monotributo.