Ganancias: se dilata el pago de los jueces
El procurador se negó a dictaminar en el caso por el impuesto
El procurador general de la nación interino, Eduardo Casal, se negó a dictaminar en el expediente que eximió de pagar el impuesto a las ganancias a la mayor parte de los nuevos jueces.
La Corte Suprema, que debe resolver el caso, le había enviado el expediente al procurador para que opinara. Pero Casal, que reemplazó como jefe de los fiscales a Alejandra Gils Carbó, explicó que la Procuración es parte en la causa porque figura entre los demandados y entonces él no puede dictaminar como si fuese un caso más. Además del Consejo de la Magistratura (que administra los sueldos de los jueces), fueron demandados el Ministerio Público Fiscal y el Ministerio Público de la Defensa, por la situación de los nuevos fiscales y defensores.
“Las particulares características de este caso”, dijo Casal, “constituyen un obstáculo para que esta Procuración pueda expedirse”. Según él, “un temperamento distinto podría ser objetado por poner en riesgo los derechos de defensa y debido proceso legal”.
Ahora, la Corte deberá decidir cómo sigue el caso.
En la instancia anterior, la Cámara en lo Contencioso Administrativo había confirmado la medida cautelar que eximió de pagar el impuesto a las ganancias a la mayor parte de los nuevos jueces. Una ley obliga a los jueces a pagar el impuesto, pero como consecuencia de esa cautelar, hoy solo se les descuenta a los nombrados a partir de 2017 y únicamente si no venían trabajando en Tribunales. Si son secretarios que ascienden, como pasa en la mayoría de los casos, pueden seguir percibiendo su sueldo sin ese descuento. Lo mismo pasa con los fiscales.
En primera instancia el autor de la medida cautelar había sido el juez contencioso administrativo Esteban Furnari. El Ministerio de Justicia había apelado ese fallo, pero la Cámara lo confirmó. Firmaron el fallo Jorge Alemany, Guillermo Treacy y Pablo Gallegos Fedriani; este último, con una disidencia parcial porque entendió que la cautelar no puede tener alcance general y solo puede afectar “al colectivo representado por la asociación accionante”, la Asociación de Magistrados, máxima agrupación de jueces del país.