La AFIP, habilitada para reclamos previsionales
El organismo recaudador fue autorizado ayer a solicitar en proceso judicial el pago de aportes
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) está habilitada para reclamar en proceso judicial el pago de aportes previsionales. Así lo resolvió la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial.
La Sala D de la cámara revocó un fallo de primera instancia que se había opuesto al pedido de verificación de créditos que la AFIP había presentado por un pedido de quiebra que realizó una trabajadora autónoma, informó la agencia Télam.
El fallo destacó que el organismo recaudador tiene atribuciones legales para la “aplicación, recaudación, fiscalización y ejecución judicial de los recursos de la seguridad social correspondientes a los regímenes nacionales de jubilaciones y pensiones de trabajadores en relación de dependencia o autónomos”.
Los camaristas Juan Garibotto, Gerardo Vassallo y Pablo Heredia se ampararon en el artículo 16 de la ley 24.241, que dispone que el régimen previsional público es un “régimen de reparto asistido, basado en principios de solidaridad, cuyas prestaciones son financiadas con los aportes personales de los afiliados en él comprendidos”.
Según la agencia Télam, los jueces también apuntaron que los aportes de los trabajadores autónomos son “obligatorios” y que su omisión “no solo impide acogerse al beneficio jubilatorio, sino que, por hallarse involucrado el financiamiento del sistema previsional, la Administración Federal de Ingresos Públicos se encuentra legitimada para reclamar judicialmente su pago”.