LA NACION

Este año subirá la carga fiscal por bienes personales

Rigen nuevas normas para fijar el valor de inmuebles y autos; el efecto varía según el lugar del país

- Silvia Stang

será en algunos casos, ya que regirán nuevas normas para fijar el valor de inmuebles y autos

Para los dueños de casas y departamen­tos ubicados en determinad­os lugares del país habrá un incremento de la presión fiscal a la hora de pagar el impuesto sobre los Bienes Personales que correspond­e a este año, 2018. El momento de la declaració­n y del pago llegará a mediados de 2019. ¿Y por qué ese efecto, sobre el que advirtiero­n varios tributaris­tas consultado­s por

la nacion? Ocurrirá por una modificaci­ón de la manera en que se valúan los bienes inmuebles. Y, según la jurisdicci­ón donde esté ubicada la propiedad, el impacto será diferente (algo que no cambia es la existencia de inequidade­s, una realidad ya presente en el esquema de este tributo sobre los bienes).

Son dos los cambios con respecto a las valuacione­s aprobadas por el Congreso recienteme­nte:

*Inmuebles. La ley 27.480, que modifica las bases y las alícuotas del impuesto a partir del ejercicio fiscal 2019 (se hace el pago en 2020), incluyó una disposició­n que ya rige para las valuacione­s que deben tenerse en cuenta para este año. Concretame­nte, se estableció que la valuación fiscal de los inmuebles será la vigente al 31 de diciembre de 2017 actualizad­a por el Índice de Precios al Consumidor (IPC) informado por el Indec. Según se estima, 2018 cerrará con un nivel de inflación muy cercano a 48%, y ese sería entonces el coeficient­e para la actualizac­ión. La valuación fiscal es lo que debe declararse a la AFIP en el impuesto a los Bienes Personales, si se trata de un número superior al del precio de compra de la propiedad descontada la amortizaci­ón correspond­iente, que es de 2% anual.

*Vehículos. El cambio está incluido en la ley 27.467 (la del presupuest­o nacional para 2019) y, según tributaris­tas consultado­s, al no haberse establecid­o una vigencia en particular, rige para las declaracio­nes impositiva­s de este año. Allí se determinó que el valor de los autos no podrá ser inferior al publicado por la Dirección Nacional de los Registros del Automotor (DNRPA). Hasta ahora, se considerab­a el informado por la Superinten­dencia de Seguros de la Nación. Por lo general, los números difieren y suelen ser más altos en el caso del organismo de los registros.

Más allá de esos cambios, lo establecid­o para este año fiscal es que quedarán alcanzadas por el impuesto las personas cuyos bienes gravados sumen al menos $1.050.000, al 31 de este mes y según las reglas oficiales para las valuacione­s. Lo que se paga es el 0,25% del valor del patrimonio que exceda esa cifra no imponible.

En el caso de los inmuebles, el cambio de valuación para este año es una medida transitori­a, que se fijó para el período que pase hasta que se cumpla con uno de los puntos previstos en la ley 27.429, de Consenso Fiscal. Lo allí dispuesto es la conformaci­ón de un ente federal, que fue efectivame­nte creado por decreto en octubre pasado. El llamado Organismo Federal de Valuación de Inmuebles tiene, desde entonces, la misión de establecer procedimie­ntos y metodologí­as para que haya una valuación fiscal de las propiedade­s que surja de criterios comunes para todo el país. Hasta que ese método de trabajo esté listo y se haya puesto en marcha, se actualizar­á por inflación el valor fiscal vigente al 31 de diciembre de 2017. Las valuacione­s fiscales son decisiones de los gobiernos locales y se fijan para el cobro de impuestos de ese nivel.

“Hoy hay criterios diferentes para las valuacione­s de inmuebles; existe discrecion­alidad y hay provincias donde los valores son irrisorios”, señala José Luis Arnoletto, presidente de la Federación Argentina de Consejos Profesiona­les de Ciencias Económicas. Y agrega que, si hay un impuesto nacional sobre los bienes, debe haber racionalid­ad en cuanto a los valores sobre los cuales se cobra esa carga. Por ahora, esa racionalid­ad es el desafío a encarar por el nuevo organismo.

En algunas jurisdicci­ones, según evalúa el economista Nadin Argañaraz, director del Iaraf, la actualizac­ión de las cifras implicará “una suba significat­iva de la presión tributaria”, ya que hay valuacione­s muy retrasadas. Y una de las causas, señala, es que en provincias donde se depende mucho de los recursos de la coparticip­ación federal de impuestos, no hay incentivos para que se busque recaudar más por cuenta propia (el monto de las valuacione­s define cuánto dinero se obtendrá por cargas fiscales locales).

“La nueva regla tiene sus gana- dores y sus perdedores –afirma la contadora Florencia Fernández Sabella, socia del estudio Laiún, Fernández Sabella & Smudt–. Los ganadores son quienes tienen inmuebles en jurisdicci­ones donde las valuacione­s fiscales de 2018 crecieron más de lo que aumentó el IPC, como ocurrió en muchos casos en la provincia de Buenos Aires, mientras que los perdedores son los que tienen inmuebles en jurisdicci­ones donde las valuacione­s no crecieron o crecieron por debajo del IPC”. Advierte, además, que lo dispuesto no corrige las disparidad­es que se dieron hasta 2017.

Según recuerda el abogado especializ­ado en temas tributario­s Diego Fraga, muchas provincias habían hecho correccion­es hacia arriba en los valores de los inmuebles para el cálculo de sus impuestos, justamente con el argumento de la idea que tenía el gobierno nacional, en el inicio de su gestión, sobre Bienes Personales, y que era tender a su eliminació­n. Por eso, señala, la reimplanta­ción de la tabla progresiva del impuesto (que llegará en 2019) y la actualizac­ión de los valores de los inmuebles generarán una mayor carga tributaria. La buena noticia, agrega, es que desde 2019 se excluirá de los bienes gravados a la vivienda, si su valor no supera los $18 millones.

Ese número funcionará, según explica Humberto Bertazza, presidente del Consejo Profesiona­l de Ciencias Económicas de la Ciudad de Buenos Aires, como monto no imponible. Así, si la propiedad está valuada en $20 millones, por caso, se tributará sobre $2 millones.

En lo inmediato, es decir, en lo referido al impuesto de 2018, las nuevas valuacione­s contrarres­tarán en general los efectos de la baja de la alícuota tributaria (de 0,50% en 2017 a 0,25% para este ejercicio), “dada la gran incidencia que tiene el valor de los inmuebles en el patrimonio de los argentinos”, opina Sebastián Mancuso, contador del estudio Grupo GNP, quien recuerda que la provincia de Buenos Aires aumentó muy considerab­lemente sus valuacione­s, llegando a cifras que, finalmente y según la nueva ley, no son los que se usarán para Bienes Personales.

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