El patrimonio gravado
Principales rubros a declarar por los contribuyentes
Inmuebles
Se toma el valor al momento de la compra o ingreso al patrimonio y se aplica una amortización anual de 2%; eso se compara con la valuación fiscal dispuesta para las cargas cobradas por las administraciones locales, y se declara el número mayor. La novedad es que se tomará la valuación fiscal de 2017 y se ajustará por inflación. En el caso de inmuebles en el exterior, se informan a su valor de mercado. Los rurales siguen exentos.
Dinero en efectivo
Los billetes en poder de los contribuyentes están gravados por Bienes Personales, ya se trate de pesos o de moneda extranjera. La AFIP publica, más cerca de la fecha de vencimiento de la presentación de la declaración jurada del impuesto, los valores de las cotizaciones al 31 de diciembre de cada año. Está exento el dinero invertido en depósitos bancarios a plazo fijo, en cajas de ahorro o en títulos públicos.
Vehículos
Están alcanzados por el impuesto hasta cinco años después de su ingreso al patrimonio. El valor declarado no puede ser inferior al informado por la AFIP en un listado que publica cada año en su página web. Hasta el ejercicio fiscal 2017 se tomaban como referencia los datos aportados por la Superintendencia de Seguros de la Nación; ahora se considerarán los de la Dirección Nacional de Registros de la Propiedad Automotor.
Inversiones
Tributan Bienes Personales los saldos de cuentas corrientes bancarias y los ahorros que están en instrumentos financieros tales como fondos comunes de inversión y obligaciones negociables. También están alcanzadas las antigüedades y obras de arte y los objetos en general que están en el hogar. El valor a declarar respecto de este último está vinculado con el resto del patrimonio declarado por el contribuyente.