Tragedia de Olavarría: elevan la causa a juicio oral, pero sin el Indio Solari
Solo enfrentarán cargos los productores del espectáculo de 2017, donde murieron dos personas; pedirán investigar las responsabilidades de las autoridades municipales
MAR DEL PLATA.– A casi dos años de aquel último recital de Carlos “Indio” Solari en Olavarría, en el que murieron dos jóvenes, la Justicia descartó al artista como acusado y también la calificación de estrago doloso. En cambio, pidió llevar a juicio oral a los productores del show –Marcos y Matías Peuscovich– y a Gustavo Zurita, bajo los cargos de homicidio y lesiones culposas. El juez de Garantías Carlos Villamarín ordenó, además, al Ministerio Público que investigue la “posible participación de delitos de orden público de los funcionarios municipales” de Olavarría.
En el show del 11 de marzo de 2017 murieron Juan Bulacio y Javier León, asfixiados en las filas próximas al escenario.
MAR DEL PLATA.– A casi dos años de aquel último recital de Carlos “Indio” Solari que costó dos vidas y varios lesionados, el juez de Garantías Carlos Villamarín descartó al artista como acusado y también la calificación de estrago, pidió que se lleve a juicio oral y público a Marcos y Matías Peuscovich –productores del show– y Gustavo Zurita bajo cargos de homicidio y lesiones culposas, y ordenó al Ministerio Público que investigue la “posible participación de delitos de orden público de los funcionarios municipales”.
El magistrado es bien claro en esta resolución respecto de que no se ha podido probar que Solari haya tenido alguna responsabilidad en los incidentes que derivaron en las muertes de Juan Bulacio y Javier León, asfixiados en las primeras líneas próximas al escenario montado en el predio La Colmena, en Olavarría, donde se estima que había más de 200.000 personas, casi un 25% del máximo habilitado.
Los disturbios se produjeron en la noche del 11 de marzo de 2017 durante el inicio de la presentación, cuando habían transcurrido los primeros tres temas. Cumplido el rescate de los heridos todo continuó con normalidad, aun cuando ya se conocía el trágico saldo.
Lo que ahora piden en particular a la fiscalía es que tome copias de lo actuado en el expediente y vuelva a enfocar la pesquisa sobre eventuales responsabilidades de la gestión del intendente Ezequiel Galli. Cree que desde ese ámbito pudo haber comisión de delitos en cuanto a no respetar el factor ocupacional y permitir la venta de alcohol dentro y fuera del lugar donde se desarrolló aquel show, que pudo haber marcado la despedida de presentaciones en vivo del exlíder de Los Redonditos de Ricota. Durante el proceso judicial solo se lo convocó a declarar como testigo.
David Carballo, titular de la Unidad Fiscal de Delitos Especiales del Departamento Judicial Azul, había considerado que los imputados incurrieron en el delito de estrago. Villamarín entiende que “los episodios que se han tenido por acreditados, tuvieron su puntal en esta superación en la capacidad posible de concurrentes”, pero considera que “lejos está de poder asignarse a lo sucedido” aquella calificación.
Dice el juez que semejante imputación “menos aún puede equipararse a lo que la doctrina evoca como ejemplos”, y cita la invasión de lava volcánica, uso de gases tóxicos a gran escala, derrumbe de una mina, producción de una avalancha sobre la población o las destrucciones a cañonazos o por embestidas de tanques de guerra.
En la resolución que Villamarín eleva a la Cámara de Apelaciones y Garantías de Azul manifiesta que los hermanos Peuscovich –responsables de En Vivo, habituales productores de los shows de Solari– y Zurita son “posibles autores” de homicidio culposo y de lesiones culposas sobre otras ocho víctimas. Los tres permanecen en libertad.
Quita entonces a Solari de la lista de sospechosos y vislumbra ampliarla con ese pedido al fiscal para que revise el desempeño de los funcionarios municipales, encargados de habilitar el predio y controlar el movimiento periférico del recital, como es la venta ambulante, inspecciones de instalaciones y certificación de cantidad de público.
“Quienes hayan tenido responsabilidad en la organización del evento y/o convalidaran la venta de bebidas alcohólicas durante su desarrollo, obraron en atentado a la normativa citada, sea por promoción de la comercialización de bebidas alcohólicas o por avalarla u omitir el control que la permitiera”, afirma el magistrado de Olavarría.
El otro dato que compromete a los funcionarios surge de los permisos e informes de habilitación del predio para el show y los peritajes posteriores sobre la ocupación real que esos lotes tuvieron. Villamarín cita que el predio tenía una capacidad ocupacional de 129.270 personas y aun así la comuna lo habilitó para 155.520. La producción reconoció la venta de 196.032 entradas y el informe final, en función de fotos y videos, establece que la concurrencia aquella noche fue de 243.498 personas, lo que significaría casi duplicar lo permitido.