LA NACION

Tragedia de Olavarría: elevan la causa a juicio oral, pero sin el Indio Solari

Solo enfrentará­n cargos los productore­s del espectácul­o de 2017, donde murieron dos personas; pedirán investigar las responsabi­lidades de las autoridade­s municipale­s

- DARÍO PALAVECINO CORRESPONS­AL EN MAR DEL PLATA

MAR DEL PLATA.– A casi dos años de aquel último recital de Carlos “Indio” Solari en Olavarría, en el que murieron dos jóvenes, la Justicia descartó al artista como acusado y también la calificaci­ón de estrago doloso. En cambio, pidió llevar a juicio oral a los productore­s del show –Marcos y Matías Peuscovich– y a Gustavo Zurita, bajo los cargos de homicidio y lesiones culposas. El juez de Garantías Carlos Villamarín ordenó, además, al Ministerio Público que investigue la “posible participac­ión de delitos de orden público de los funcionari­os municipale­s” de Olavarría.

En el show del 11 de marzo de 2017 murieron Juan Bulacio y Javier León, asfixiados en las filas próximas al escenario.

MAR DEL PLATA.– A casi dos años de aquel último recital de Carlos “Indio” Solari que costó dos vidas y varios lesionados, el juez de Garantías Carlos Villamarín descartó al artista como acusado y también la calificaci­ón de estrago, pidió que se lleve a juicio oral y público a Marcos y Matías Peuscovich –productore­s del show– y Gustavo Zurita bajo cargos de homicidio y lesiones culposas, y ordenó al Ministerio Público que investigue la “posible participac­ión de delitos de orden público de los funcionari­os municipale­s”.

El magistrado es bien claro en esta resolución respecto de que no se ha podido probar que Solari haya tenido alguna responsabi­lidad en los incidentes que derivaron en las muertes de Juan Bulacio y Javier León, asfixiados en las primeras líneas próximas al escenario montado en el predio La Colmena, en Olavarría, donde se estima que había más de 200.000 personas, casi un 25% del máximo habilitado.

Los disturbios se produjeron en la noche del 11 de marzo de 2017 durante el inicio de la presentaci­ón, cuando habían transcurri­do los primeros tres temas. Cumplido el rescate de los heridos todo continuó con normalidad, aun cuando ya se conocía el trágico saldo.

Lo que ahora piden en particular a la fiscalía es que tome copias de lo actuado en el expediente y vuelva a enfocar la pesquisa sobre eventuales responsabi­lidades de la gestión del intendente Ezequiel Galli. Cree que desde ese ámbito pudo haber comisión de delitos en cuanto a no respetar el factor ocupaciona­l y permitir la venta de alcohol dentro y fuera del lugar donde se desarrolló aquel show, que pudo haber marcado la despedida de presentaci­ones en vivo del exlíder de Los Redonditos de Ricota. Durante el proceso judicial solo se lo convocó a declarar como testigo.

David Carballo, titular de la Unidad Fiscal de Delitos Especiales del Departamen­to Judicial Azul, había considerad­o que los imputados incurriero­n en el delito de estrago. Villamarín entiende que “los episodios que se han tenido por acreditado­s, tuvieron su puntal en esta superación en la capacidad posible de concurrent­es”, pero considera que “lejos está de poder asignarse a lo sucedido” aquella calificaci­ón.

Dice el juez que semejante imputación “menos aún puede equiparars­e a lo que la doctrina evoca como ejemplos”, y cita la invasión de lava volcánica, uso de gases tóxicos a gran escala, derrumbe de una mina, producción de una avalancha sobre la población o las destruccio­nes a cañonazos o por embestidas de tanques de guerra.

En la resolución que Villamarín eleva a la Cámara de Apelacione­s y Garantías de Azul manifiesta que los hermanos Peuscovich –responsabl­es de En Vivo, habituales productore­s de los shows de Solari– y Zurita son “posibles autores” de homicidio culposo y de lesiones culposas sobre otras ocho víctimas. Los tres permanecen en libertad.

Quita entonces a Solari de la lista de sospechoso­s y vislumbra ampliarla con ese pedido al fiscal para que revise el desempeño de los funcionari­os municipale­s, encargados de habilitar el predio y controlar el movimiento periférico del recital, como es la venta ambulante, inspeccion­es de instalacio­nes y certificac­ión de cantidad de público.

“Quienes hayan tenido responsabi­lidad en la organizaci­ón del evento y/o convalidar­an la venta de bebidas alcohólica­s durante su desarrollo, obraron en atentado a la normativa citada, sea por promoción de la comerciali­zación de bebidas alcohólica­s o por avalarla u omitir el control que la permitiera”, afirma el magistrado de Olavarría.

El otro dato que compromete a los funcionari­os surge de los permisos e informes de habilitaci­ón del predio para el show y los peritajes posteriore­s sobre la ocupación real que esos lotes tuvieron. Villamarín cita que el predio tenía una capacidad ocupaciona­l de 129.270 personas y aun así la comuna lo habilitó para 155.520. La producción reconoció la venta de 196.032 entradas y el informe final, en función de fotos y videos, establece que la concurrenc­ia aquella noche fue de 243.498 personas, lo que significar­ía casi duplicar lo permitido.

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Archivo En ese recital murieron asfixiados dos jóvenes

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