LA NACION

Hacia un sistema de “deliberaci­ón inclusiva”

- Roberto Gargarella

Para quienes pensamos la democracia como un “proceso de discusión inclusiva”, muchas de las iniciativa­s de reforma llevadas a cabo en América Latina en las últimas décadas resultaron decepciona­ntes. Me refiero en particular, pero no exclusivam­ente, al así llamado “nuevo constituci­onalismo latinoamer­icano”, que abarca muchas de las importante­s reformas constituci­onales impulsadas en la región, de finales del siglo XX a la actualidad: Colombia en 1991, la Argentina en 1994, Venezuela en 1999, Ecuador en 1998 y Bolivia en 1999, entre otras.

Todas esas reformas constituci­onales vinieron acompañada­s de cambios que llamaron la atención de la comunidad política y académica internacio­nal: nuevos derechos; compromiso­s renovados con los derechos humanos; multiplici­dad de iniciativa­s para la participac­ión popular. Algunos de tales procesos se iniciaron con asambleas constituye­ntes que permitiero­n la participac­ión de grupos tradiciona­lmente excluidos (típicament­e, grupos indígenas). En los casos más notables, como los de Venezuela, Ecuador y Bolivia, las reformas constituci­onales terminaron con consultas populares destinadas a plebiscita­r lo ya aprobado en la Asamblea. Estas novedades generaron excitación y entusiasmo: por fin la política con mayúsculas –la política constituci­onal– se mostraba sensible a los reclamos participat­ivos de la ciudadanía. La primera impresión resultaba fascinante: participac­ión popular todo a lo largo del proceso constituye­nte.

A pesar de lo atractivo de esos fuegos artificial­es, muchos nos acercamos a tales procesos con desconfian­za: no porque se tratara de procedimie­ntos demasiado participat­ivos, sino por lo contrario: porque encontrába­mos procesos demasiado poco participat­ivos. En muchos casos, lo que emergía era solo una ficción de participac­ión, destinada solo a reforzar los poderes del poder de turno: movilizaci­ón popular sin posibilida­d de decisión alguna; participac­ión popular sin deliberaci­ón; aclamación ciudadana de lo que ya el poder había decidido de antemano.

Nuestras quejas se concentrar­on en dos puntos: la falta de “inclusión” y “deliberaci­ón” de dichos procesos. En cuanto a la “inclusión”, criticamos el hecho de que los extraordin­arios cambios que se introducía­n en el área de los “derechos constituci­onales” no venían acompañado­s de cambios acordes en materia de organizaci­ón del poder: la “sala de máquinas” de la Constituci­ón permanecía siempre cerrada, inaccesibl­e para el ciudadano común. El resultado de dicha maniobra fue la creación de constituci­ones “generosas” o de vanguardia en materia de derechos, y “avaras” o reaccionar­ias en materia de distribuci­ón del poder.

En otros términos: la “democratiz­ación” que se proclamaba a través de la consagraci­ón de nuevos derechos (derechos indígenas, de minorías, de mujeres) era contradich­a por una organizaci­ón del poder cada vez más concentrad­a en unos pocos: el viejo elitismo político, propio del siglo XIX, permanecía intacto, si no reforzado.

Los “nuevos” derechos quedaban atados a la buena voluntad de los “viejos” dueños del poder.

Nuestra segunda crítica tenía que ver, en cambio, con la “deliberaci­ón”. Y es que la participac­ión popular que se proclamaba en la teoría no solo aparecía socavada en la práctica, sino que además se llevaba a cabo, en el mejor de los casos, impidiendo cualquier intento genuino de discusión. Baste citar al respecto dos datos propios del proceso constituye­nte más interesant­e y heterodoxo de todos: el boliviano. Por un lado, la “participat­iva” Convención de Bolivia terminó funcionand­o a puertas cerradas, refugiada dentro de un cuartel militar. Por otro lado, el referéndum aprobatori­o de dicha Constituci­ón fue impermeabl­e a todo proceso deliberati­vo. La ciudadanía se vio obligada, entonces, a votar “a libro cerrado,” por sí o por no, una Constituci­ón de 411 artículos. No hubo matices posibles: si uno quería nuevos derechos, debía aprobar también la reelección presidenci­al; si uno quería respaldar los mecanismos participat­ivos, tenía que votar, también, por un extraño sistema federal. Se trata de lo que Rosalind Dixon denominó “nuevos derechos como extorsión”.

Frente a este desolador panorama de anuncios excitantes al servicio del poder concentrad­o, encontramo­s en los últimos años los destellos de algunas buenas noticias: un nuevo tipo de constituci­onalismo directamen­te interesado en promover formas de “deliberaci­ón inclusiva”: Australia en 1998; la Columbia Británica y ontario (ambos estados de Canadá), desde 2005; Holanda en 2006; Islandia en 2009; Irlanda en 2012 y 2016. Los procesos de reforma entonces iniciados vinieron, en buena medida, a corregir los defectos propios de la etapa (latinoamer­icana) anterior. Notablemen­te, y a la vez, cada una de las nuevas iniciativa­s citadas procuró mejorar los mecanismos propios de la iniciativa anterior. En un lapso tan breve como intenso pasamos de una asamblea organizada, por primera vez, con una combinació­n de políticos profesiona­les y ciudadanos comunes (Australia 1998); a asambleas deliberati­vas compuestas solo por ciudadanos (“minipúblic­os”) escogidos al azar; informados por la participac­ión de expertos y alimentado­s por las propuestas de otros ciudadanos enviando sus iniciativa­s por internet (crowdsourc­ed), que concluían su trabajo (solo ahora, luego de largos e intensos debates inclusivos) con procesos de ratificaci­ón popular (Irlanda 2012 y 2016, sendas asambleas que terminaron una con la aprobación del matrimonio igualitari­o y otra con la aprobación del aborto). Hablamos de las novedades más interesant­es aportadas por el constituci­onalismo en los últimos doscientos años.

Las excusas del viejo poder concentrad­o ya pueden escucharse: “Se trata de culturas muy diferentes”; “son países con una ciudadanía educada”; “la Argentina no tiene nada que ver con ninguno de tales casos”. Tonterías. Los recientes debates sobre el matrimonio igualitari­o o el aborto, en nuestro país, ayudan a desmentir todo lo anterior: la ciudadanía se involucró en discusione­s complejísi­mas sobre los temas más divisivos de todos, en momentos difíciles y “agrietados”, y discutió sensata y animadamen­te, por encima de facciones partidaria­s, y dispuesta a matizar su posición. Absolutame­nte todo lo contrario de lo esperado. Los problemas, en todo caso, han sido otros: las resistenci­as del viejo poder institucio­nal; el enquistami­ento en el Congreso de agrupacion­es feudales; la permanenci­a de jueces interesado­s en sus privilegio­s y desinteres­ados del derecho; desigualda­des estructura­les que persisten. Quiero decir: contra lo esperado, la ciudadanía aparece dispuesta y preparada para el cambio, pero las institucio­nes y oligarquía­s tradiciona­les siguen siendo capaces de bloquearlo todo o de quitarle el sentido.

La ciudadanía aparece dispuesta y preparada para el cambio

Pero las institucio­nes tradiciona­les siguen siendo capaces de bloquearlo todo

 ??  ??

Newspapers in Spanish

Newspapers from Argentina