El Consenso Fiscal, convertido en ley, ¿ha caído en el olvido?
Es una norma superior a las decisiones locales y cumplirla es una obligación
El 16 noviembre de 2017, la Nación, las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires suscribieron el Consenso Fiscal, materializado en la ley nacional 27.429, a la que con posterioridad adhirieron las legislaturas locales. Solo dos provincias no quisieron sumarse: San Luis y La Pampa.
Ese consenso contiene compromisos comunes, compromisos asumidos por el Estado nacional y compromisos asumidos por las provincias y CABA. El plazo para cumplir con lo pactado es “antes del 31 de diciembre de 2019”.
Hace unos días, el consenso fue recordado por la medida cautelar que autorizó la Corte Suprema a raíz de la acción judicial que presentaron los gobernadores de las provincias de Santiago del Estero, Tierra del Fuego, San Juan, Chubut, Tucumán, Río Negro, San Luis, La Rioja, Córdoba, Salta, Neuquén, Chaco, Santa Fe, Salta, Catamarca, Santa Cruz, Entre Ríos, Misiones y La Pampa contra las medidas económicas contenidas en los decretos (PEN) 561/2019 y 567/2019. La medida cautelar se dictó sosteniendo que la reducción del IVA y del impuesto a las ganancias no puede afectar los fondos de coparticipación que corresponden a las provincias, por lo que el Estado nacional debía afrontar el costo fiscal.
Ahora bien, uno de los compromisos asumidos aquel 16/11/2017 fue “consensuar una nueva ley de coparticipación de impuestos”, situación que aún no se ha logrado. Tampoco hay información de que vaya lograrse antes de fin de año. El impacto de la omisión señalada, que se originó en la reforma constitucional del año 1994, es sobre todos y cada uno de los ciudadanos de las distintas provincias y CABA, al comprometer las finanzas públicas locales y la nacional.
Otra cuestión central tiene que ver con los saldos a favor del impuesto sobre los ingresos brutos, es decir, con la recaudación de dicho tributo por encima de lo que manda la ley impositiva de cada jurisdicción.
Desde hace algunos años, y por la situación crítica de las finanzas locales –tal vez por lo apuntado anteriormente sobre la coparticipación federal–, los fiscos subnacionales comenzaron a hacer uso y abuso de los regímenes de recaudación, con retenciones, percepciones y recaudaciones bancarias por encima de las obligaciones mensuales de los contribuyentes, y generando una suerte de “eternos saldos a favor”.
En el consenso, las provincias acordaron adecuar el funcionamiento de los regímenes de recaudación del gravamen, a fin de evitar la generación de saldos a favor inadecuados o permanentes. También, establecer un mecanismo de devolución automática del saldo a favor generado por retenciones y percepciones. El tiempo hasta el vencimiento para cumplir del consenso es cada vez menor.
Los normas provinciales para cumplir con los compromisos señalados son escasas y las devoluciones automáticas son limitadas para montos pequeños ($50.000, $200.000). No se trata de soluciones a los problemas financieros de las empresas.
Muy por el contrario, actualmente los fiscos locales ponen todo su esfuerzo para demorar –e incluso para impedir– la devolución del saldo a favor que solicitan los contribuyentes.
El tiempo hace estragos, la inflación impacta negativamente en los saldos a favor y, ante la ausencia de fondos, los contribuyentes deben recurrir a créditos con tasas de financiación cada vez mayores. La situación es perversa. ¿Habrá quedado en el olvido el Consenso Fiscal? Jurídicamente, se trata de una ley superior a las decisiones locales, cumplirla es una obligación. Éticamente, es curioso: las provincias piden buena conducta a los contribuyentes, pero eluden las obligaciones asumidas.