Por los cambios en las prisiones preventivas, De Vido pidió su libertad
El tribunal a cargo de la causa de los cuadernos rechazó ayer el planteo
El exministro de Planificación Federal Julio De Vido pidió su excarcelación, basándose en los nuevos límites a las prisiones preventivas dispuestos por el Congreso y publicados ayer en el Boletín Oficial.
Su defensa presentó escritos en dos causas en las que está detenido: el caso del presunto fraude al Estado por la reactivación de la minera Río Turbio y el de los cuadernos de las coimas.
El Tribunal Oral Federal 1, que entiende en esta causa, rechazó ayer mismo el pedido de De Vido, al entender que, más allá de la discusión que pueda darse sobre la aplicación de los nuevos artículos del Código Procesal Penal –“actualmente vigentes”, subrayaron– y las reglamentaciones publicadas ayer del Código Procesal Penal Federal, “lo cierto es que los riesgos procesales oportunamente analizados respeto del imputado se mantienen inalterables”.
De Vido está preso desde hace dos años y un mes. El máximo previsto por ley para las prisiones preventivas es de dos años, prorrogable, como excepción, por uno más. Por eso, su defensa ya tenía pendiente de resolución una solicitud de excarcelación. Ayer sumó el argumento de las nuevas normas. “Este pedido de libertad se interpone –dijeron los abogados– por expreso pedido de nuestro asistido, como consecuencia de la correcta interpretación del cuadro fáctico de la causa (el que demuestra la absoluta falta de necesidad de la medida de restringir su libertad ambulatoria) y, en atención a los cambios legislativos que emergen de la resolución de la Comisión Bicameral de Monitoreo e Implementación del Código Procesal Penal [...] que ha sido sancionada con fuerza de ley”.
Los abogados de De Vido, Maximiliano Rusconi y Gabriel Palmeiro, escribieron que las nuevas normas “reducen la discrecionalidad de los jueces” y establecen pautas “concretas que no dejan margen alguno para su ‘creatividad’”.
Las nuevas normas preven 11 posibilidades de restringir la libertad antes de la prisión. Son la promesa del imputado de someterse al procedimiento y de no obstaculizar la investigación, la obligación de someterse al cuidado o vigilancia de una persona o institución, la obligación de presentarse periódicamente ante el juez o la policía, la prohibición de salir del país sin autorización previa, la retención de documentos de viaje, la prohibición de concurrir a determinadas reuniones, el abandono del domicilio, la presentación de una fianza, la vigilancia mediante pulsera electrónica y el arresto domiciliario.
A De Vido le queda otro camino para dejar la cárcel. La ley establece seis casos en los que el juez “podrá” disponer la prisión domiciliaria (no es automático y el magistrado no está obligado a hacerlo). Uno es cuando el preso sea “mayor de 70 años”. De Vido cumple esa edad el 26 de diciembre próximo.