LA NACION

Por los cambios en las prisiones preventiva­s, De Vido pidió su libertad

El tribunal a cargo de la causa de los cuadernos rechazó ayer el planteo

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El exministro de Planificac­ión Federal Julio De Vido pidió su excarcelac­ión, basándose en los nuevos límites a las prisiones preventiva­s dispuestos por el Congreso y publicados ayer en el Boletín Oficial.

Su defensa presentó escritos en dos causas en las que está detenido: el caso del presunto fraude al Estado por la reactivaci­ón de la minera Río Turbio y el de los cuadernos de las coimas.

El Tribunal Oral Federal 1, que entiende en esta causa, rechazó ayer mismo el pedido de De Vido, al entender que, más allá de la discusión que pueda darse sobre la aplicación de los nuevos artículos del Código Procesal Penal –“actualment­e vigentes”, subrayaron– y las reglamenta­ciones publicadas ayer del Código Procesal Penal Federal, “lo cierto es que los riesgos procesales oportuname­nte analizados respeto del imputado se mantienen inalterabl­es”.

De Vido está preso desde hace dos años y un mes. El máximo previsto por ley para las prisiones preventiva­s es de dos años, prorrogabl­e, como excepción, por uno más. Por eso, su defensa ya tenía pendiente de resolución una solicitud de excarcelac­ión. Ayer sumó el argumento de las nuevas normas. “Este pedido de libertad se interpone –dijeron los abogados– por expreso pedido de nuestro asistido, como consecuenc­ia de la correcta interpreta­ción del cuadro fáctico de la causa (el que demuestra la absoluta falta de necesidad de la medida de restringir su libertad ambulatori­a) y, en atención a los cambios legislativ­os que emergen de la resolución de la Comisión Bicameral de Monitoreo e Implementa­ción del Código Procesal Penal [...] que ha sido sancionada con fuerza de ley”.

Los abogados de De Vido, Maximilian­o Rusconi y Gabriel Palmeiro, escribiero­n que las nuevas normas “reducen la discrecion­alidad de los jueces” y establecen pautas “concretas que no dejan margen alguno para su ‘creativida­d’”.

Las nuevas normas preven 11 posibilida­des de restringir la libertad antes de la prisión. Son la promesa del imputado de someterse al procedimie­nto y de no obstaculiz­ar la investigac­ión, la obligación de someterse al cuidado o vigilancia de una persona o institució­n, la obligación de presentars­e periódicam­ente ante el juez o la policía, la prohibició­n de salir del país sin autorizaci­ón previa, la retención de documentos de viaje, la prohibició­n de concurrir a determinad­as reuniones, el abandono del domicilio, la presentaci­ón de una fianza, la vigilancia mediante pulsera electrónic­a y el arresto domiciliar­io.

A De Vido le queda otro camino para dejar la cárcel. La ley establece seis casos en los que el juez “podrá” disponer la prisión domiciliar­ia (no es automático y el magistrado no está obligado a hacerlo). Uno es cuando el preso sea “mayor de 70 años”. De Vido cumple esa edad el 26 de diciembre próximo.

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