LA NACION

Terminator, un fallo ejemplar

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El Tribunal Penal Internacio­nal (TPI) acaba de dar a conocer la condena fijada en el caso de Bosco Ntaganda, exjefe de milicias guerriller­as que asolaron Ruanda y el Congo, más conocido como Terminator.

Fue encontrado culpable de haber cometido crímenes de lesa humanidad, y por ello recibió la dura condena a 30 años de prisión, la pena más larga desde la creación del tribunal, castigo que ya ha comenzado a cumplir, alojado en un instituto carcelario en Holanda.

En su triste pasado fue sindicado como responsabl­e de múltiples crímenes, horribles asesinatos, esclavitud sexual y utilizació­n de menores de edad a la manera de milicianos. La excepciona­l crueldad del condenado es tal que se interpreta que se trata de una persona que siente un macabro placer al asesinar a otros.

Entre sus víctimas se comprobó que fue personalme­nte responsabl­e de haber dado cobardemen­te muerte a un sacerdote católico. Los hechos por los que fue juzgado se concentrar­on en el territorio de los llamados Grandes Lagos, al norte de la ciudad de Goma, donde 150 personas fueron masacradas en un solo día. Sus efectivos tenían bajo su control efectivo diversas minas de oro que operaban en la zona mencionada, con las que financiaro­n sus operacione­s.

En su momento, el ahora condenado combatió a las órdenes del actual presidente de Ruanda, Paul Kagame, cuando participó en el genocidio que afectó a ese país en 1994.

Para sus víctimas, se ha hecho justicia. Es la primera vez en toda la historia del TPI que se condena a alguien por el aberrante crimen de esclavitud sexual. La sentencia en su contra fue dictada por unanimidad de los magistrado­s actuantes.

En procura de salvar su vida, en 2013, Ntaganda se refugió en la embajada de los Estados Unidos en Ruanda. No pudo, sin embargo, evitar ser juzgado. Nacido en Ruanda, participó en actividade­s guerriller­as desde que tenía 17 años y jamás vaciló un instante en atentar contra civiles inocentes.

Una vez más, queda meridianam­ente claro que los Estados y sus agentes no son los únicos que pueden cometer crímenes de lesa humanidad. Esto es lo que prescribe el derecho humanitari­o internacio­nal a la luz de las Convencion­es de Ginebra. La sentencia que nos ocupa así lo ratifica, sin margen para dudas. Entendió, además, que existían dos circunstan­cias agravantes. Primero, la tremenda crueldad del condenado. Segundo, la vulnerabil­idad de sus víctimas, y así lo manifestó explícitam­ente.

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