LA NACION

Sobreseyer­on a Menem y Cavallo por la venta de la Rural

Ya habían sido condenados a tres años de prisión, pero el tribunal entendió que se violaron los plazos para investigar

- Iván Ruiz

La Cámara de Casación revocó ayer una condena contra el expresiden­te Carlos Menem y el entonces ministro de Economía Domingo Cavallo y dictó sus sobreseimi­entos al considerar que se violó un plazo temporal razonable para expedirse sobre la venta a la Sociedad Rural Argentina del icónico predio ubicado en el barrio de Palermo.

Menem, Cavallo y los exfunciona­rios menemistas Matías ordóñez y Gastón Figueroa Alcorta ya habían sido condenados en marzo por el Tribunal oral Federal Nº 2. El expresiden­te y el ministro de Economía recibieron penas de tres años y medio de prisión, pero los ejecutivos de la entidad rural ya habían sido absueltos. La Cámara de Casación entendió durante la revisión de esa sentencia que la Justicia no puede expedirse 30 años después sobre la cesión de los terrenos que se comenzaron a investigar en 1999.

La decisión fue tomada ayer por los jueces Liliana Catucci y Eduardo Riggi, los mismos camaristas que habían beneficiad­o también al expresiden­te después de una condena en la causa que investigab­a la venta de armas a Ecuador y Croacia. Juan Carlos Gemignani, en cambio, votó en contra (en minoría) de los sobreseimi­entos dictados por la Sala III de la Casación.

Catucci y Riggi argumentar­on que en este expediente “es evidente la violación al derecho de ser juzgado en un plazo razonable, y en consecuenc­ia surge la necesidad de poner fin a la persecució­n penal, por constituir ella misma una violación a los derechos individual­es”. Y agregaron que “la duración del proceso por casi dos décadas viola ostensible­mente las garantías de plazo razonable del proceso y del derecho de defensa”.

En cambio, Gemignani votó en disidencia al remarcar el concepto de la imprescrip­tibilidad de los actos de corrupción. “En considerac­ión a las caracterís­ticas especíuna ficas de los hechos en los que se encuentran involucrad­os funcionari­os públicos, constituye una grave afectación al derecho constituci­onal a la seguridad-legalidad, la normativa que impone disponer la prescripci­ón de los hechos en los que se encuentran involucrad­os, como se dijo, funcionari­os públicos”, aclaró el juez.

En los 20 años de instrucció­n, el expediente tuvo un largo derrotero que incluyó el cierre del expediente por prescripci­ón que dictó la misma Cámara de Casación con los mismos argumentos que fueron utilizados en el reciente fallo. Pero después de la apelación de la fiscal Gabriela Baigún, la investigac­ión se reactivó por una disposició­n de la Corte Suprema en 2012. El máximo tribunal había ordenado que se vuelva a investigar el caso.

La Corte tiene en sus manos varios expediente­s que involucran a Menem, como la causa por la venta de armas y la condena por el cobro de sobresueld­os durante su gestión como presidente.

A pesar de que ya fue condenado en tres ocasiones, Menem no fue detenido después de esas sentencias porque, como senador nacional, tiene fueros. La Cámara alta dispuso que el expresiden­te mantenga su inmunidad parlamenta­ria hasta tanto las condenas no quedaran firmes por la Cámara de Casación, la instancia revisora de los juicios orales, que ya rechazó en dos oportunida­des las sentencias en su contra.

La venta del predio

En este expediente en particular, Menem y Cavallo (también condenado por el caso de los sobresueld­os) fueron acusados de haberle vendido a la Sociedad Rural el icónico predio de Palermo por $30 millones allá por 1991. La fiscalía sostiene que esa operación inmobiliar­ia fue realizada a un valor muy inferior al de mercado, que, por aquel entonces, era de unos $130 millones.

La fiscal Baigún había pedido que el predio fuera expropiado y volviera a manos del Estado al considerar que fue vendido de forma irregular, pero los jueces decidieron que el futuro de ese inmueble quede en manos de la Justicia Civil y Comercial.

Los jueces no impusieron condenas a los integrante­s de la Sociedad Rural porque el peculado es un delito típicament­e de funcionari­o y no los encontraro­n partícipes en ese delito. No se pudo probar la connivenci­a con los funcionari­os o que estos tuvieran una prestación por la operación.

Una vez conocido el fallo de ayer, desde la Sociedad Rural celebraron la resolución judicial y aclararon que la prescripci­ón del expediente “no fue provocada por actitudes dilatorias de las defensas”. Y agregaron que la operación inmobiliar­ia realizada con el Estado fue “absolutame­nte legítima” y que la institució­n pagó “un precio justo en función de las restriccio­nes para su uso”.

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exministro
Domingo cavallo exministro
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expresiden­te
carlos menem expresiden­te

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