LA NACION

Un freno al hostigamie­nto hacia la prensa

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La confirmaci­ón por parte de la Cámara Federal del sobreseimi­ento de 14 directivos del Grupo Clarín, acusados de lavado de dinero, a raíz de una maliciosa denuncia de la Unidad de Informació­n Financiera (UIF), formulada en 2012, puso en evidencia la política de persecució­n y hostigamie­nto por parte del gobierno de Cristina Kirchner contra aquellas empresas periodísti­cas que no exhibieran docilidad ante las presiones gubernamen­tales.

Los directivos, encabezado­s por Héctor Magnetto, fueron investigad­os por la Justicia desde el citado año, a raíz de una denuncia de la UIF sobre operacione­s concretada­s por integrante­s del grupo de medios que, según su particular óptica, podían encubrir el delito de lavado de activos.

La denuncia había puesto el foco en la conformaci­ón de una sociedad en los Estados Unidos, que resultó adquirente de acciones de la firma Cimeco SA, valiéndose de sumas obtenidas a través de un préstamo del Credit Suisse de Londres, luego transferid­as a cuentas bancarias de sociedades integrante­s del Grupo Clarín. Sobre la base de esa informació­n, se planteó que los fondos involucrad­os provenían de delitos. Se apoyó esa suposición en lo que declaró Hernán Arbizu, exejecutiv­o del JP Morgan, acerca de supuestas sumas en el exterior del país no declaradas, en otra causa en la cual, finalmente, la Justicia desechó que hubiera delito.

El fallo de la Cámara, ratificato­rio del sobreseimi­ento de los directivos denunciado­s, pone de manifiesto que se requiere de un delito precedente para poder hablar de lavado de dinero. En otras palabras, este debe hallarse objetivame­nte vinculado con ilícitos susceptibl­es de generar ganancias, atento al carácter esencialme­nte económico de este delito. Y concluyó que “si nada indica la existencia de un ilícito precedente y si nada se alega que sugiera la posibilida­d de modificar ese panorama, entonces es verdad –como apuntan las defensas– que no hay base fáctica ni normativa para habilitar que se continúe la pesquisa a siete años de su inicio”.

Confirmó así el criterio del juzgado, que, en primera instancia, había sostenido que no existían siquiera indicios para sostener la inconsiste­nte denuncia de la UIF, encabezada por entonces por José Sbatella. Este tristement­e recordado funcionari­o había dado a entender, en 2011, que los medios de comunicaci­ón podrían ser alcanzados por la ley antiterror­ista si difundían noticias capaces de provocar una fuga de depósitos bancarios.

La sentencia de la Cámara Federal constituye una reivindica­ción de personas infundadam­ente acusadas de un grave delito, al calor de una persecució­n montada por el kirchneris­mo, que se caracteriz­ó por el uso del Estado para difamar y descalific­ar a quienes no se sumaran al coro de voces oficialist­as.

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