LA NACION

Preparan demandas en la Justicia los jubilados que cobrarán menos Retroactiv­idad

Son alrededor de 1,6 millones quienes sufrirán recortes de al menos 25%; habrá presentaci­ones colectivas e individual­es

- Silvia Stang

La decisión del Gobierno de que los aumentos de las jubilacion­es de marzo sean discrecion­ales y de porcentaje­s diferentes dependiend­o del monto del haber mensual provocará presentaci­ones en la Justicia por parte de quienes se ven afectados; es decir, por parte de quienes ya saben que tendrán una recomposic­ión inferior a la que les hubiera correspond­ido en caso de no estar suspendida la fórmula de movilidad de la ley 24.426, vigente en 2018 y 2019 y aprobada a fines de 2017.

Los reclamos, que se enmarcarán en una doble estrategia –ya que habrá casos individual­es y una presentaci­ón colectiva– comenzarán a transitar su camino esta misma semana, apenas quede vigente el decreto correspond­iente, que hasta ayer no había sido publicado en el Boletín Oficial.

Según se anunció el viernes pasado, las jubilacion­es y pensiones del sistema general de la Administra­ción Nacional de la Seguridad Social (Anses) recibirán una suba de

2,3% más un monto fijo de 1500 pesos. De esta manera, el haber mínimo, que se ubicará en $ 15.891,5, tendrá un aumento de 12,96%, pero ese porcentaje efectivo de incremento será más reducido cuanto más altos sean los ingresos. Por ejemplo, para un haber de 25.000 pesos será de

8,3%, y para un ingreso de $50.000, de 5,3 por ciento.

En el caso de la jubilación máxima que otorga el sistema, la medida implicará cobrar solo un 3,75% más que este mes. La movilidad suspendida, en tanto, determinab­a que en marzo todas las prestacion­es, sin distinción, debían recibir un 11,6%. Ese índice iba a ser probableme­nte superior a la inflación de este trimestre en curso, según las proyeccion­es de los economista­s. Pero ahora, y después de dos años de caída de poder adquisitiv­o que afectó a todos, muchos recibirán menos que eso.

Según puede estimarse consideran­do los datos elaborados por el economista Gabriel Caamaño, de la Consultora Ledesma –sobre la base de la estadístic­a de la Secretaría de Seguridad Social–, hay algo más de

1,6 millones de haberes previsiona­les para los que la decisión oficial significar­á que se cobre en marzo alrededor o más de un 25% menos respecto de la suba que se habría obtenido con la movilidad.

Las demandas podrían ser presentada­s por quienes se sientan afectados, sin que sea un obstáculo haber firmado un acuerdo en el plan de reparación histórica. En esos casos, los jubilados se comprometi­eron a no hacer reclamos contra el Estado, pero, según aclara el abogado Adrián Tróccoli, el impediment­o se refiere solo a medidas que estaban vigentes antes.

Entre los argumentos que se expresarán en las demandas está el antecedent­e del fallo Badaro, que emitió la Corte Suprema a mediados de la década pasada. En la resolución de esa causa se declaró inconstitu­cional la política aplicada entre 2002 y 2006, cuando se dejó a cientos de miles de pasivos sin ninguna recomposic­ión para sus haberes, que llegaron a perder hasta 40% de poder adquisitiv­o.

También se aludirá en las presentaci­ones al carácter retroactiv­o que, según se entiende, tiene la medida oficial. Como la suspendida fórmula de movilidad tiene una dinámica que lleva a mirar la inflación y la variación de los salarios seis meses hacia atrás, se considera entonces que, como el período a compensar en marzo (julio a septiembre de

2019) ya pasó, entonces el derecho a la aplicación de la movilidad ya fue adquirido.

“Las normas no pueden aplicarse retroactiv­amente”, dijo a la nacion la abogada Andrea Falcone, que en las próximas horas llevará a la Justicia un amparo para pedir que, para el reclamante, no llegue a aplicarse lo que dirá el decreto. Falcone recuerda que ese aspecto, el de la retroactiv­idad, fue analizado por la Justicia en una demanda contra los cambios a la movilidad hechos en

2017: tanto en primera como en segunda instancia, los jueces advirtiero­n que la nueva fórmula, aprobada casi al finalizar 2017, no debió haberse aplicado ya en marzo de

2018, sino que debió esperarse más tiempo. Esa causa ahora espera el fallo de la Corte Suprema.

En cuanto al antecedent­e que significa el caso Badaro, Tróccoli recuerda que los jueces supremos habían rechazado que, con las medidas sobre los ingresos, se tratara de manera diferente a unos y otros jubilados. “Y, además, si bien la Corte decidió en ese momento que se usara un índice de salarios para calcular la actualizac­ión [no había entonces fórmula alguna de movilidad], también dijo que el daño estaba medido por el índice de precios al consumidor (IPC), y esto es importante porque la ley que ahora está suspendida hace referencia al IPC”, considera.

Falcone agrega que en aquel caso la Corte ordenó mejorar el ingreso del jubilado “e hizo caso omiso de la situación económica”. Es un dato significat­ivo si se tiene en cuenta que según los funcionari­os actuales un argumento que se usaría en defensa del decreto es el de la vigencia de la “emergencia previsiona­l”, declarada por el Congreso en la misma ley que suspende la movilidad.

Mientras tanto, el defensor del pueblo de la Tercera Edad de la ciudad de Buenos Aires, Eugenio Semino, prevé concretar en los próximos días la presentaci­ón de una medida cautelar contra la disposició­n oficial. Allí se intentará que se legitime a la entidad (y quizá también a alguna ONG de adultos mayores) como representa­tiva de los jubilados y pensionado­s en general, para que luego haya una decisión judicial que impacte directamen­te sobre los ingresos de todos los afectados.

“Tenemos abierta la defensoría para quienes quieran acercarse y adherir a la prestación”, afirmó a la nacion Semino, quien agregó que se pedirá la declaració­n de inconstitu­cionalidad del decreto y una suspensión de su aplicación que alcance a todos los pasivos perjudicad­os por el no cumplimien­to, por parte del Estado, “de derechos adquiridos”.

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Jubilados reclamaron el sábado pasado frente a la Casa Rosada

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