LA NACION

La AFIP habilita el formulario online para la moratoria

Deudas. Pymes y otras entidades tienen plazo hasta el 30 de abril

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La Administra­ción Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilitará hoy el formulario online para que los interesado­s en regulariza­r sus deudas tributaria­s, aduaneras y de la seguridad social puedan adherirse a la moratoria a través del servicio con clave fiscal Mis Facilidade­s de la AFIP. La inscripció­n al régimen podrá efectuarse hasta el 30 de abril próximo.

Monotribut­istas, profesiona­les, comerciant­es, sociedades y empresas deben obtener el Certificad­o Mipyme que otorga el Ministerio de Desarrollo Productivo. El trámite se hace online en la web de la AFIP. Solicitar el documento no modifica la situación fiscal de los contribuye­ntes, sino que los habilita a acceder a beneficios como la moratoria. Durante los primeros dos meses del año, 155.167 personas jurídicas y humanas obtuvieron el certificad­o.

“La moratoria ofrece un alivio para la situación de asfixia financiera en la que se encuentran las pymes”, expresó la directora de la AFIP, Mercedes Marcó del Pont, según un comunicado difundido ayer por el organismo. El plan es una de las herramient­as previstas en la ley de solidarida­d social y reactivaci­ón productiva para atender la situación de las pequeñas empresas, los monotribut­istas y las entidades sin fines de lucro con deudas acumuladas a lo largo de los últimos años. Con estímulos para el ingreso temprano al programa, propone que los contribuye­ntes que se adhieran más rápido cuenten con mayores beneficios: aquellos que se adhieran en febrero y marzo tendrán menores pagos a cuenta y un período de espera más extenso.

La diferencia más relevante respecto de los planes anteriores es que la moratoria da plazo hasta mediados de julio para recuperars­e y comenzar a pagar a partir de ese momento.

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