LA NACION

Se definieron en San Juan las primeras condenas por incumplir la cuarentena

Fue utilizado el sistema de flagrancia y los tribunales fijaron penas a 147 acusados

- Gustavo Carabajal

La Justicia de San Juan aplicó el procedimie­nto de flagrancia en los casos de incumplimi­ento del aislamient­o obligatori­o con el objetivo de que esas causas sean resueltas rápidament­e.

Mediante la aplicación de este procedimie­nto, durante las dos primeras semanas de la cuarentena, en los tribunales de San Juan se realizaron 119 audiencias contra imputados que habían sido detenidos por la policía provincial por violar el aislamient­o obligatori­o.

Se trató de una decisión del estado provincial juzgar rápido a quienes violaran la cuarentena.

El Poder Ejecutivo sanjuanino decidió incorporar el artículo 205 del código Penal al procedimie­nto de flagrancia, el Poder Legislativ­o aprobó esa iniciativa en una sesión extraordin­aria y el Poder Judicial comenzó a aplicarlo en los tribunales a partir del momento en que entró en vigencia esa norma legal.

Las 119 audiencias, terminaron con las condenas a 147 acusados que no cumplieron con la orden dictada por la autoridad sanitaria nacional a raíz de la pandemia. Entre los 147 condenados, hubo 112 casos donde los responsabl­es de haber violado la cuarentena recibieron sentencias de cumplimien­to condiciona­l.

Una de esas sentencias recayó sobre el empresario andrés icazati González, integrante de una familia propietari­a de una cadena de supermerca­dos y concesiona­ria de hoteles en la provincia. Durante un juicio realizado anteayer en los Tribunales de San Juan, icazati González fue condenado a ocho meses de prisión en suspenso por no cumplir con el aislamient­o obligatori­o.

Según fuentes judiciales, el empresario había llegado al país el 16 de marzo pasado, desde cancún, en un viaje que incluyó escalas en Panamá y México. Dos días después, la policía le comunicó que debía realizar el aislamient­o obligatori­o. En ese momento, icazati González, fijo como domicilio en el que cumpliría la cuarentena al hotel Provincial. Sin embargo, el fin de semana siguiente, efectivos de la policía provincial lo detuvieron cuando ingresaba en un country del departamen­to Rivadavia, a pocos kilómetros de la capital sanjuanina, a bordo de un Mercedes-benz.

anteayer, el juez del Procedimie­nto Especial de Flagrancia, homologó el acuerdo al que llegaron el fiscal iván Grassi y el defensor de icazati González y le impuso una pena de ocho meses de prisión de cumplimien­to condiciona­l.

además, el magistrado ordenó que el condenado realice tareas comunitari­as durante dos meses, tres veces por semana, tres horas diarias e impuso una multa de $15.000 para pagar los gastos del proceso.

Debidoaque­setratadeu­nacondena de ejecución condiciona­l, el empresario no quedó preso. No obstante, ante la eventual comisión de otro delito, la sentencia que podría recibir será de cumplimien­to efectivo.

otros nueve acusados fueron condenados a penas de prisión efectiva. Esto significa que quedaron detenidos en alguna de las cárceles del servicio penitencia­rio provincial.

Las 26 condenas restantes correspond­ieron a casos en los que los acusados, además de violar el aislamient­o obligatori­o cometieron otros delitos.

Casos en la ciudad

En la ciudad de Buenos aires, en tanto, las actuacione­s judiciales por la violación del aislamient­o social obligatori­o avanzan con el inicio de las causas, aunque por la cantidad de infractore­s podría demorarse la resolución de esos expediente­s.

Es que en el territorio porteño, tanto en juzgados federales como en las fiscalías de la ciudad, se tramitaron hasta el momento más de 3800 causas por ciudadanos que no cumplieron con la directiva de restricció­n de movimiento­s por el avance de la pandemia del coronaviru­s covid-19.

La Policía de la ciudad sumaba hasta ayer 428 detenidos y 4272 demorados por ser infractore­s a la medida dispuesta por la emergencia sanitaria.

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