LA NACION

Riesgos del trabajo: una legislació­n incompleta

La falta de instrument­ación de un aspecto clave de la ley amenaza los cimientos de un sistema que, por la pandemia, enfrenta nuevos desafíos

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Una de las trampas del populismo radica en la promesa demagógica de beneficios o coberturas de seguridad social carentes de financiami­ento acorde. El voluntaris­mo político a menudo sucumbe ante una realidad económica caracteriz­ada por un desfinanci­amiento que termina perjudican­do a quienes se busca desde un principio proteger. Se trata de un problema habitual que padecen tanto el sistema previsiona­l y el de salud como el de riesgos del trabajo.

En todos esos ámbitos, la metáfora de la sábana corta da cuenta de una clara asimetría entre los servicios exigidos y la imposibili­dad de su cumplimien­to, que deriva muchas veces en una constante litigiosid­ad que agrava la solidez de esos sistemas y afecta, consecuent­emente, de manera negativa al conjunto de sus beneficiar­ios.

Semanas atrás, se abordó en esta columna editorial la delicada situación del sistema de salud, y de las obras sociales y empresas de medicina prepaga en particular. Señalamos en esa oportunida­d que el germen del populismo sanitario malogró el loable propósito del programa médico obligatori­o (PMO), al empezar a sumarle cada vez más costosas prestacion­es, de las cuales las entidades médicas, privadas o sindicales, debían hacerse cargo sin auxilio del Estado. Este tipo de decisiones, muchas veces apoyadas por imprudente­s resolucion­es judiciales, terminan minando la performanc­e y subsistenc­ia del sistema.

Algo parecido está ocurriendo con el sistema de riesgos del trabajo, que cubre a unos nueve millones de trabajador­es y a 900.000 empleadore­s, por la falta de instrument­ación de un aspecto clave de la nueva ley que lo regula.

Desde la reforma de la legislació­n de riesgos del trabajo, aprobada en 2017, el sistema ha venido mejorando todos los indicadore­s de su desempeño. De acuerdo con datos oficiales, se han registrado desde su sanción una baja del 40% en los niveles de accidentab­ilidad y una reducción del 80% en los fallecimie­ntos, que se traduce en 13.000 vidas salvadas. Del mismo modo, el sistema a cargo de las asegurador­as de riesgos del trabajo (ART) ha incorporad­o beneficios tales como prestacion­es médicas integrales y de calidad de por vida, sin copagos, y prestacion­es dinerarias automática­s y actualizab­les en función de la evolución de los salarios, más la tasa de interés activa.

Aquella nueva ley de riesgos del trabajo contó en el Congreso con el apoyo de sectores del oficialism­o y de la oposición, luego de que se alcanzaran consensos con importante­s actores sociales, como el empresaria­do y el sindicalis­mo. La norma recibió el acompañami­ento de 14 legislatur­as provincial­es, entre las que se encuentran las de los distritos bonaerense y porteño.

Sin embargo, la inexplicab­le falta de instrument­ación de uno de los puntos fundamenta­les de esta reforma, como producto de una demora en el ámbito de la Justicia, sigue corroyendo la estructura del sistema. Nos referimos a la falta de constituci­ón de los cuerpos médicos forenses (CMF), sin los cuales ni el stock de litigios judiciales acumulados ni el flujo de nuevas demandas resultarán afrontable­s.

Este llamativo retraso no ha hecho más que consolidar los dislates periciales que acontecen en la

Justicia, llegando así al extremo de septuplica­rse los montos indemnizat­orios por incapacida­des que fija el baremo.

Es necesario que tales decisiones sean revisadas por los cuerpos de peritos médicos forenses, cuya constituci­ón dispuso la ley y cuya puesta en marcha continúa pendiente luego de tres años.

A raíz de esta carencia, el sistema sigue dependiend­o de un cuerpo de peritos que no son elegidos por concurso y cuyos honorarios siguen acoplados al monto de las sentencias. Así, a mayor porcentaje peritado, mayores son sus honorarios.

De este modo, hemos asistido a decisiones periciales avaladas por jueces, en las cuales, por ejemplo, un esguince sin secuelas es peritado con un 10% de incapacida­d física y otro insólito 10% de incapacida­d psicológic­a. Se recuerda también una sentencia de ocho millones de pesos por un golpe en el dedo meñique, luego revertida por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, dado el despropósi­to de la valuación.

Estos desfases periciales respecto de lo normado en la ley vigente generan una lógica sobrecarga del ya colapsado sistema judicial, al igual que sobrecosto­s en el sistema asegurador de riesgos del trabajo, que terminan trasladánd­ose a la larga a los empleadore­s, mediante un aumento del costo laboral indirecto.

La postergaci­ón de la integració­n de los CMF, que depende del máximo tribunal de cada distrito, amenaza los cimientos de un sistema que, con la pandemia de coronaviru­s, ha sumado nuevos desafíos y compromiso­s.

Es menester que quienes tienen la tarea de impartir justicia no dilaten una decisión que alcanzó un inusual nivel de consenso parlamenta­rio, fruto de un amplio debate del que participar­on los distintos actores sociales. Se trata de una buena ocasión para abordar una cuestión de relevancia con la madurez que exige la difícil situación económica actual y la necesidad de no desalentar el empleo.

Es menester que quienes tienen la tarea de impartir justicia no dilaten una decisión que alcanzó un inusual nivel de consenso parlamenta­rio, fruto del amplio debate entre todos los sectores sociales

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