LA NACION

Estuvo 14 años en prisión, pese a ser inocente

La Corte Suprema absolvió al hombre que había sido condenado por un asesinato en Morón

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El 24 de mayo de 2006, Analía Aguerre fue asesinada en una salidera cuando volvía a su casa, con su marido y una prima, después de haber retirado $11.000 de un banco de Morón. A la misma hora de ese homicidio en ocasión de robo, Jorge Enrique González Nieva estaba en una peluquería. No importó: los policías que investigab­an el caso lo sumaron como sospechoso y consiguier­on que un testigo lo señalara indubitabl­emente como el autor del disparo mortal. Así fue condenado a 25 años de cárcel.

Después de recorrer todo el espinel judicial de la provincia de Buenos Aires con fallos adversos, y gracias al patrocinio del programa Innocent Project, logró ayer que la Corte Suprema de Justicia de la Nación lo absolviera. Esa victoria final en los estrados no borrará jamás el hecho más dramático: Jorge Enrique González Nieva pasó 14 años preso por un crimen que no cometió.

El pleno del máximo tribunal resolvió exculpar a González Nieva de los delitos de robo con homicidio resultante y portación de arma de guerra por los que había sido condenado a la pena de 25 años de prisión por el Tribunal Oral en lo Criminal N° 1 de Morón, en 2010.

El caso estuvo plagado de irregulari­dades, y tanto la voz de González Nieva como las pruebas a su favor fueron acalladas en los expediente­s bonaerense­s, a pesar de que, en paralelo, se producían hechos que ponían en crisis toda la investigac­ión: los policías que lo detuvieron (el comisario Carlos Gennel y el oficial Alberto Casco) fueron condenados por encubrimie­nto, falso testimonio y tentativa de extorsión. El fiscal del caso,

Alejandro Jons, fue suspendido de su cargo en 2017 por su actuación presuntame­nte irregular en este y otros procesos judiciales.

Una de las coautoras de la salidera bancaria afirmó que él no había participad­o del hecho. Y el testigo que supuestame­nte lo había identifica­do denunció que fue presionado por la policía para culpar al taxista, que tenía 41 años y que solo había cometido el “pecado” de haber sostenido, días antes de su detención, el 19 de julio de 2006, un incidente en la calle con el policía que lo inculpó.

La Corte entendió que en el dictado de la condena se habían desconocid­o las garantías constituci­onales de debido proceso, la defensa en juicio y la presunción de inocencia, y que estas falencias no fueron atendidas por la Sala II del Tribunal de Casación Penal ni por la Suprema Corte de Justicia bonaerense, que confirmaro­n sucesivame­nte el primer fallo.

Asimismo, en este caso en que no hubo prueba forense que vinculara físicament­e a González Nieva con los hechos de la condena, ni tampoco pudo establecer­se su vinculació­n con las personas identifica­das como miembros de la banda que cometió el robo, la Corte criticó que no se hubiera valorado que en reconocimi­ento en rueda de personas al que fue sometido el taxista ninguno de los testigos lo señaló como partícipe del crimen.

“Todavía estoy un poquito shockeado, a veces uno pierde las esperanzas y no pensaba que este momento podía llegar”, afirmó González Nieva, de 55 años. Y agregó: “Todo fue armado para dejarme detenido. Ahora me tengo que aventurar de conseguir un trabajo y readaptarm­e”.

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