El Keiro No Hi y la reforma judicial
El Keiro No Hi se celebra en Japón el tercer lunes de septiembre de cada año y se denomina “el día del respeto al adulto mayor”. Porque en Japón se venera y se respeta a las personas mayores, por dos razones esenciales: su experiencia y haber contribuido a la construcción de la sociedad.
Por ley 27.063, del 4 de diciembre de 2014, se sancionó el nuevo Código Procesal Penal, que derogó el anterior, que había introducido la oralidad en el sistema procesal federal, en 1991. Esta ley fue modificada en los casos de flagrancia por la ley 27.272 y quedó finalmente ordenada mediante la ley 27.482.
Esuncódigoqueporfinseadecua a los sistemas procesales vigentes en las provincias argentinas, apartándose del sistema inquisitivo de concentración funcional, pasando a un sistema acusatorio de desconcentración funcional. La figura del juez que acumula pruebas, acusa y juzga al mismo tiempo, rémora del viejo sistema español de la colonia, desaparece, otorgándole al juez su verdadero lugar, tal como aparece en la imagen de la justicia en la entrada principal del Palacio de Tribunales: ciega, con una balanza que representa el equilibrio y una espada que representa el imperium, el poder del Estado. La creación de ese nuevo sistema procesal es la verdadera reforma judicial, por cuanto para la aplicación de ese código se requiere un cambio profundo de la composición de la magistratura, toda vez que sus roles son diametralmente opuestos a los que cumplen actualmente. Pero esa “implementación” que el código exige no ha sido ajena a las provincias, las que fueron también en el transcurso de años adaptandosusórganosjurisdiccionales, es decir, la agencia judicial, a las exigencias de ese sistema acusatorio. Quiero recordar la realizada en la provincia de Buenos Aires, durante la gobernación de Duhalde, implementada por el ministro de Seguridad y Justicia Arslanian, a través del incansable y eficiente trabajo de su secretaria de Justicia María del Carmen Falbo.
La tarea no era sencilla. Los jueces penales de la provincia de Buenos Aires estaban acostumbrados a ser amos y señores del proceso, pero con mucho diálogo se fue logrando la nueva composición de los tribunales colegiados, donde pasaron la gran mayoría de los jueces, algunos otros jueces de instrucción quedaron como juzgados residuales del viejo procedimiento, para no afectar derechos de nadie y los restantes pasaron a ser jueces de garantías. Existía pleno acuerdo entre los tres partidos políticos que componían la Legislatura provincial y el gobernador dejó hacer a sus secretarios de Estado la tarea, sin inmiscuirse y sin el personalismo que adoptan muchos dirigentes.
No fue fácil tampoco convencer a los fiscales, en quienes recayó la tarea de preparar la instrucción preparatoria; era necesario desinformalizar la instrucción, pero costaba porque eran muchos años del “expediente”, pero con la colaboración de varios fiscales generales de departamentos judiciales, con cursos de capacitación, con charlas, con viajes, con esfuerzo y limitados recursos económicos, el sistema se cambió y la Justicia funcionó. Pero esto que se hizo en la provincia de Buenos Aires, hace más de 20 años, también se ha hecho en casi todas las provincias argentinas, y creo que una de las últimas ha sido Entre Ríos, que aplicó el nuevo código, primero sobre las competencias territoriales recostadas en el río Paraná y en un segundo término sobre las recostadas sobre el río Uruguay.
Convencer a magistrados acostumbrados a una tarea netamente inquisitiva y con poderes extraordinarios, capacitarlos para la nueva función donde deben ser la garantía de que no se violen las protecciones constitucionales ni el debido proceso, no es tarea fácil, tampoco lo es capacitar al Ministerio Público Fiscal y al de la Defensa en el nuevo rol que ambos deben cumplir, donde se van a jugar a todo o nada ante un tribunal colegiado (el del juicio) que verá pasar todas las pruebas delante de sus ojos, para al final decidir, o, más, ante un jurado de ciudadanos comunes, donde la prueba de los hechos es fundamental para que se formen opinión. Por esa razón, parece increíble que se desaproveche la experiencia de muchos, ministros, secretarios de Estado, colaboradores, magistrados y funcionarios, que llevaron en cada una de las provincias argentinas este sistema procesal y fueron adecuando sus órganos judiciales a esta nueva realidad.
Todos ellos saben dónde están los errores, dónde se les saturó el sistema, dónde y cuándo están las necesidades más urgentes y cómo esa “implementación” se puede perfeccionar, evitando cometer los errores propios de lo nuevo. Por esa razón sigo sorprendido de que frente a un Código Procesal nuevo, sancionado y aplicado parcialmente tanto en territorio como en sus normas, no se cuente con el fundamental aporte de la experiencia de todos aquellos que implementaronsistemassimilares en sus provincias. A eso me refería cuando aludía al Keiro No Hi; por los fundamentos de ese día de festejo en el Japón, venero a los ancianos “por su experiencia y por haber contribuido a la construcción de la sociedad”.
Tenemos una riquísima experiencia en implementación, que ha contribuido a la sociedad brindando mejor administración de justicia; hasta tenemos la ventaja de las realidades locales, que nos sirven para la justicia federal con asiento en el interior del país, pero además no olvidemos que las provincias han delegado esa administración de justicia especial en la Nación y que quizás esta sea la mejor oportunidad para federalizar nuevamente esta justicia delegada. Acaso, me pregunto, a los argentinos nos sobra gente capacitada para tirar a tantos por la borda y hacer una reforma sustancial, con un nuevo código latente en su aplicación, sin tener en cuenta sus necesidades.
Lo que en mi opinión se necesita (estuve activamente en dos implementaciones procesales) es fortalecer el Ministerio Público: muchos fiscales, medios para ese órgano, personal, recursos tecnológicos, capacitación; además, dotar a la Policía Federal, que vuelva a sus inicios, policías de investigaciones en delegaciones, en cada lugar de asiento de una fiscalía federal, hombres preparados, con mentes de un alto pensamiento abstracto, para poder pergeñar las hipótesis más ingeniosas en la búsqueda de las pruebas del delito, colaborando como auxiliares de la fiscalía en cada caso concreto.
También se necesitan muchos tribunales orales, tanto con asiento en Capital Federal como en las provincias, para que los juicios sean rápidos, que se puedan celebrar varias audiencias en una semana, que no veamos dilatar juicios orales por años, porque una justicia lenta no es justicia. El proyecto de reforma que se impulsa no es una reforma judicial, por cuanto crea más de lo mismo, pero para aplicar el código de 1991, con muchos resabios inquisitivos, que además se derogó por la ley 27.063. La reforma solo se ocupa de crear cargos de muchos jueces de instrucción, absolutamente innecesarios, porque su actividad la realizarán el Ministerio Público y cámaras de apelaciones, que revisarán tan solo las decisiones de los jueces de garantías, también desproporcionadas en número e innecesarias.
No opino de las razones políticas que llevan a esta reforma, no quiero ser parte del Boca vs. River. Me coloco en el lugar de un humilde simpatizante de Defensores de Belgrano, hermoso club formador de jugadores, y yo, como el simpatizante amante del buen fútbol, que gusta de verlo y jugarlo, si no fuera por la edad, pero que tiene pasión por lo que opina. En mi caso, se trata de la administración de Justicia. Reflexionemos, no tiremos más por la borda la experiencia, tomemos conciencia de que entre gobiernos democráticos y dictaduras militares, quemamos varias generaciones de juristas y de catedráticos universitarios, como si ellos nos sobraran y curiosamente, también dos pilares fundamentales: educación y justicia.