El peso de Ganancias en los ingresos
El esquema del tributo tuvo una actualización muy por debajo de la inflación; la carga fiscal sube para ingresos de igual o menor poder adquisitivo
El esquema del tributo se actualizó este año muy por debajo de la inflación; qué podría pasara en 2021.
Con un salario bruto promedio mensual de $90.000 en 2019, un empleado que declara deducciones por dos hijos (y no por su cónyuge, quien tiene ingresos propios) pagó, en ese año y en concepto de impuesto a las ganancias, un monto equivalente al
5,5% de su sueldo neto de descuentos a la seguridad social. Concretamente, tributó $49.008 en el año ($4084 por mes, en promedio), cifra que surge de incluir en la base de cálculo los ingresos de los 12 meses y el aguinaldo.
Con un ingreso equivalente en términos de poder adquisitivo se tributa, en el actual 2020, una tasa efectiva del
7,9%. Es decir que el descuento será de casi dos puntos y medio porcentuales más en comparación con el del año previo. Esta última tasa efectiva de Ganancias corresponde a un salario bruto mensual promedio este año de
$126.630, que es el número resultante de sumarle a los $90.000 el 40,7% de inflación que hubo en el período interanual al mes de agosto. En este caso, el descuento por la obligación tributaria será en todo el año de $100.120
($8343 por mes, en promedio). El ejercicio de los párrafos anteriores muestra los efectos que tiene, en cuanto a un incremento de la presión impositiva, la insuficiente actualización de las variables que definen quiénes pagan Ganancias y con qué alícuota. Según lo que establece la normativa, el reajuste del llamado mínimo no imponible se hace cada año considerando la variación interanual de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (Ripte). Los datos de referencia para el cálculo son los correspondientes a los meses de octubre. Por ejemplo, para 2021 se considerará la variación ocurrida entre el décimo mes de 2019 y el mes en el que estamos ahora.
Con esa dinámica, cuando los salarios avanzan menos que la inflación, se produce una mayor carga fiscal sobre ingresos de igual o incluso de menor poder adquisitivo.
En el caso en particular de este año, el mínimo no imponible subió solo 20,2% en comparación con el que rigió en 2019, un período en el que la actualización de las bases del impuesto le empató a la inflación. Pero esto último ocurrió por una medida de excepción: en agosto, tras perder en las PASO, el gobierno de Mauricio Macri decidió generar un impacto positivo en los ingresos, subiendo parte de las bases del impuesto en un 20% en forma adicional al ajuste de 28,29% que se había aplicado al inicio del año.
El mecanismo de actualización por Ripte rige desde 2018, por disposición de una ley. Antes de eso, lo que pasaba con el impuesto que impacta en los ingresos de asalariados, jubilados y autónomos, dependía de decisiones discrecionales del Poder Ejecutivo. Así, en las últimas décadas se generó una fuerte distorsión en el esquema de la carga fiscal, por el efecto combinado de la inflación y la falta de reajustes adecuados. El año de mayor presión fiscal fue 2015; en ese entonces, se daban también fuertes inequidades en el sistema, causadas por un decreto de 2013 de Cristina Kirchner, que provocó, por ejemplo, que quedaran exentas personas con ingresos mayores a los de otras que sí tributaban.
En la primera actualización del impuesto hecha según la evolución de los salarios, el mínimo no imponible y los valores de la tabla que definen las alícuotas a aplicar se ajustaron un 28,77%. Eso ocurrió para los valores que rigieron en 2018, un año en el que hubo una inflación de 47,6%, mientras que la de 2017 había sido de
24,8%, siempre según el Índice de Precios al Consumidor (IPC) del Indec.
Más allá de lo ocurrido en 2019, y como la medida de excepción tomada tras las PASO no se convalidó para
2020 (las consecuencias en casos concretos se muestran en el gráfico que acompaña esta nota), la comparación entre el avance del mínimo no imponible y la inflación es algo que permite observar cómo le fue en sus primeros años al índice de actualización dispuesto por ley, según apunta el contador Ezequiel Passarelli. ¿El resultado? La inflación acumulada en
2018 y 2019 fue de 127%, mientras que las bases para el cálculo de Ganancias subieron mucho menos: 85%.
De hecho, en 2018 tributaba un asalariado sin cargas de familia a partir de un salario promedio mensual de
$29.855,7, mientras que hoy ese valor es de $55.261,1; es decir, un 85% más alto, lo cual no compensa la inflación del período. En el caso de un empleado que deduce cónyuge y dos hijos, la cifra base para pagar era de $39.494,7 en 2018 y es de $73.102 en 2020.
¿Qué pasará en 2021? Para saberlo hay que esperar a diciembre, que es cuando se publica el valor del Ripte de este mes. Hasta julio (último dato disponible), la incremento interanual de la variable fue de 39,6%, con una elevada volatilidad en las variaciones mensuales (lo cual hace difícil predecir los datos de los meses siguientes) . “Luego de la muy mala experiencia que tuvimos, es bastante difícil sostener el uso del Ripte” para la actualización, dice Passarelli. Y agrega que los empleados se vieron perjudicados de manera doble: en primer lugar, porque “claramente el sueldo promedio subió muy por debajo de la inflación, con una pérdida de poder adquisitivo muy grande” y, en segundo término porque, “además, muchos empezaron a pagar Ganancias cuando antes no pagaban, y muchos pasaron a pagar con alícuotas más altas”.
Passarelli cree que la solución “más concreta y sencilla” sería ajustar por inflación, en lugar de usar el Ripte. Y advierte que debería haber una compensación por lo ocurrido en los últimos años. Una alternativa, agrega, sería usar una combinación de ambas variables (sueldos y precios) y tomar el de mayor evolución, o bien mantener el uso del índice de remuneraciones, pero agregándole algún límite para evitar la situación de pagar más carga impositiva con menor poder adquisitivo.
“Para cumplir el objetivo de que los empleados paguen más Ganancias solo en la medida en que tengan mayor sueldo en términos reales, los conceptos que se utilizan para bajar el monto del impuesto [las deducciones generales aplicables a todos y las deducciones por gastos] deberían ajustarse por la inflación, según el Índice de Precios al Consumidor del Indec”, señala la contadora Fernanda Laiún. Advierte, además, que la mayor carga tributaria provocada por usar para la actualización del cálculo un índice que en la práctica es menor a la variación de precios, es un efecto que probablemente se agrave tras un año con un retroceso significativo de la economía, tal como lo es 2020.